Congreso aprueba hasta 12 años de prisión para quienes lesionen y causen muerte a menores

Hasta con 12 años de prisión serán sentenciados quienes lesionen y causen la muerte de menores de edad, según un proyecto de ley aprobado por el Pleno del Congreso, el cual amplía el círculo de autores que descargan actos de violencia contra niños y adolescentes.

El proyecto de Ley Nº 4390, que modifica los artículos 121-A y 122-A del Código Penal y que fue aprobado por unanimidad, señala que cuando la víctima muere a consecuencia de la lesión y el agresor pudo prever este resultado, la pena será entre 6 y 12 años de prisión.
En tanto, cuando la víctima de la agresión es un menor de 14 años, la pena privativa de la libertad es de cinco a diez años de prisión.

En caso el agresor sea tutor o responsable del menor, procede además su remoción de ese cargo según el numeral 2 del artículo 554º del Código Civil e inhabilitación conforme a lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 36º del citado código.

Al sustentar el proyecto de su autoría, la congresista Rosario Sasieta Morales (AP) subrayó que la propuesta busca ampliar el círculo de autores que descargan actos violentos contra los menores, más allá de aquellos que poseen vinculación legal con el menor (tutores, guardadores o responsables).

Explicó que es necesario brindar una efectiva protección penal a los menores de edad que son víctimas de daños en el cuerpo o la salud, sin efectuar distingos en función de la calidad del autor, pues la condición de la víctima menor de edad es razón suficiente para dar por calificadas y agravadas dichas figuras de lesiones graves y leves.

Sasieta subrayó que es preciso considerar correcta esta valoración porque tal y como se encuentran redactados los artículos 121-A y 122-A del Código sustantivo, existe una indeseable desproporcionalidad en la respuesta punitiva en las relaciones legales entre el agente del delito y el menor.

“Esto contraviene políticas públicas ya preestablecidas por el Estado peruano. La violencia que supone daños sobre el cuerpo y la salud del menor siempre supone un ilícito penal de alta gravedad que afrenta a la dignidad humana y quiebra la convivencia social”, expresó.

El proyecto de ley fue aprobado por 77 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Fue exonerado de segunda votación por 76 votos. En consecuencia, quedó listo para ser promulgado por el Poder Ejecutivo.