Modifican Normas para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector

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Modifican “Normas para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a través de la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 2080-2014-MINEDU

Lima, 21 de noviembre de 2014

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 2074-2014-MINEDU de fecha 17 de noviembre de 2014, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a través de la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, la cual contiene el procedimiento y criterios técnicos para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a través de la mencionada evaluación excepcional;

Que, de acuerdo con el cronograma establecido en el numeral 6.1 de la mencionada Norma Técnica, el proceso de ubicación se inicia el 19 de noviembre y finaliza el 19 de diciembre del presente año;

Que, a través del Oficio N° 1255-2014-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Viceministerio de Gestión Pedagógica el Informe N° 170-2014-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITD, elaborado por la Dirección de Trayectoria y Bienestar Docente, el cual sustenta la necesidad de modificar el cronograma del proceso de ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a través de la evaluación excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, a efectos de asegurar su correcta implementación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 29944, Ley de la Reforma Magisterial; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; y las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 014-2014-MINEDU y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el numeral 6.1 de la Norma Técnica denominada “Normas para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector a través de la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 2074-2014-MINEDU, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:

6.1 DEL CRONOGRAMA

Actividades

Inicio

Fin

PRIMERA FASE

1

Ubicación de los profesores en la institución educativa en la que se desempeñan

19/11/2014

25/11/2014

2

Emisión de Resoluciones

26/11/2014

27/11/2014

SEGUNDA FASE

3

Publicación de relación de profe-sores que no fueron ubicados en la primera fase del procedimiento

27/11/2014

27/11/2014

4

Evaluación de requisitos

28/11/2014

02/12/2014

5

Establecer y publicar el cuadro de méritos según la especialidad y nivel del título del profesor

03/12/2014

03/12/2014

6

Adjudicación de plazas vacantes en acto público. 

04/12/2014

04/12/2014

7

Emisión de resoluciones

05/12/2014

09/12/2014

8

Informe a la DRE

09/12/2014

09/12/2014

TERCERA FASE

9

Publicación de relación de profe-sores que no fueron ubicados en la segunda fase del procedimiento

09/12/2014

10/12/2014

10

Evaluación de requisitos

10/12/2014

15/12/2014

11

Establecer y publicar el cuadro de méritos según la especialidad y nivel del título del profesor.

16/12/2014

16/12/2014

12

Adjudicación de plazas vacantes en acto público

17/12/2014

17/12/2014

13

Emisión de Resoluciones

18/12/2014

19/12/2014

14

Informe al Ministerio de Educación

22/12/2014

22/12/2014

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DESILU LEON CHEMPEN

Secretaria General

4 thoughts on “Modifican Normas para la ubicación de los profesores que no accedieron a plazas de director o subdirector

  1. QUIENES VAMOS A ASUMIR LAS ENCARGATURAS DE DIRECCIONES SI NO SON PAGADAS, ADEMAS QUIEREN PARA PARA CUMPLIR LA FUNCION ADMINISTRATIVA Y PEDAGOGICA , CUMPLIENDO 40 HORAS Y SOLO SE PAGA POR 24 HORAS ¡QUES ESTA PASANDO SEÑORES ADMINISTRATIVOS DE LA EDUCACION!

  2. Que triste es el pago a directores encargados, solo 165,00 mensual; 5,00 diarios es una burla y cumples la tarea administrativa a cabalidad hasta cuando con los engaños de directores encargados

  3. si colega tristemente y decepcionado .. soy subdirectora encargada en la UGEL tacna desde marzo a la fecha y me pagan por 24 horas estuve enero y febrero como directora encargada de otra II.EE tapoco me pagan y dicen que deben llegar de lima el dinero y trabajamos 40 horas “bajo responsabilidad spy de la CPM V escala y este es el premio… y asi todos aprenden nadie se queda atrás….

  4. ´¿Por qué el estado hace una diferencia injusta con el pago a los directores encargados?. Si vienen de la Carrera Pública Magisterial reciben algo de 700 soles por encargatura de dirección y si vienen de la Ley de Profesorado solamente 165 soles. Es totalmente injusto ya que los que fueron pasados de la Ley 24029 a la Ley 29062 no fueron evaluados correctemente. Los que si deberían ganar correctamente y con justa razón son los que ascendieron por concurso en la evaluacion de reubicación. Espero que haya una homologación ya que ahora todos estamos en la Reforma Magisterial y ya no deben haber diferencias

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