Designación excepcional en cargos directivos de Institución Educativa

El Ministerio de Educación incorporó una Disposición Complementaria Transitoria al reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, a fin de establecer lineamientos para la implementación de la designación excepcional en cargos directivos de instituciones educativas en el marco de la Vigésima Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº008-2024-Minedu, el personal directivo de una institución educativa que culminó su segundo período de designación al 30 de septiembre del 2022, es designado excepcionalmente en el mismo cargo que venía ocupando al término de su designación, en una plaza orgánica vacante; para tal efecto, debe cumplir con lo fijado en el literal d) del artículo 35 de la Ley N° 29944.

La designación excepcional no es aplicable a quien a la entrada en vigor de la Ley N° 31987, se encuentre ocupando, en condición de designado, el cargo de Directivo de Institución Educativa o Especialista en Educación de Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educación.

En caso de que la plaza que ocupaba el director de institución educativa al 30 de septiembre del 2022 se encuentre vacante, tendrá la prioridad para ser designado en dicha plaza, previa presentación de la solicitud correspondiente.

La designación excepcional entra en vigor a partir del 1 de julio del 2024.

Descargar el Decreto Supremo Nº008-2024-MINEDU