DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS QUE DEBE CONOCER LA CIUDADANÍA EN LA NUEVA CONVIVENCIA SOCIAL

1) A partir del 1 de julio pasaremos del aislamiento social obligatorio (cuarentena) al distanciamiento social obligatorio a nivel nacional, con excepción de las regiones de Arequipa, Ancash, Ica, Junín, Huánuco, San Martín y Madre de Dios.

2) Se dispone que la inmovilización social obligatoria (toque de queda) será a partir de las 22:00 horas hasta las 04:00 horas., con excepción de las regiones Arequipa, Ancash, Ica, Junín, Huánuco, San Martín y Madre de Dios, en las cuales iniciará a las 20:00 horas y culminará también a las 04:00 horas.

3) A partir del 01 de julio, se levanta la inmovilización social obligatoria los días domingos en todo el país, con excepción de las regiones de Arequipa, Ancash, Ica, Junín, Huánuco, San Martín y Madre de Dios.

4) A partir del 1 de julio, la cuarentena queda focalizada por regiones y por grupos de riesgo. Los adultos mayores y las personas con comorbilidades (Enfermedad simultánea. Cuando una persona tiene dos o más enfermedades o trastornos al mismo tiempo.) deben continuar en sus casas para evitar cualquier complicación. Debemos seguir protegiendo a los más vulnerables.

5)En el caso de los niños, niñas y adolescentes, solo podrán salir una hora al día, acompañados de un adulto, a una distancia no superior de 500 metros del domicilio. No está permitida la circulación de los niños, niñas o adolescentes para asistencia a centros comerciales, ni a lugares públicos cerrados o de aglomeración.

6) Las clases en colegios, universidades e institutos serán no presenciales hasta fin de año.

7) Los aforos en los bancos, centros comerciales, y otros centros de venta de alimentos, conglomerados, continuará al 50% de aforo.

8)Se establecerán horarios diferenciados en las entidades del sector público, lo que no significa que volverán a la normalidad. Pero, reforzarán la atención al público. Las personas que no brindan atención presencial a la ciudadanía entrarán de 7 am a 4 pm y las personas que brindan atención presencial a la ciudadanía de 10 am a 7 pm.

9. Se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales, actividades civiles y religiosas, así como cualquier tipo de reunión o evento social, político y cultural.

10. Durante este estado de emergencia se mantiene el cierre total de fronteras y continúa suspendido el transporte internacional por cualquier medio, salvo razones humanitarias

11. Se mantiene el estado de emergencia hasta el 31 de julio.