¿Con cuántos cursos desaprobados un estudiante repite el año escolar 2023?

A pocas semanas para que terminen las clases escolares, conoce los criterios del Minedu para determinar si un estudiante debe repetir el ciclo académico anual.

En el Perú, los alumnos de instituciones de Educación Básica Regular públicas y privadas del Ministerio de Educación (Minedu) se encuentran próximos a terminar el año escolar 2023. Sin embargo, para algunos de ellos, la finalización del mismo puede ser preocupante si es que no han obtenido buenas calificaciones en determinados cursos.

Actualmente, existe la norma vigente amparada en la Resolución Ministerial N.° 0234-2005-ED del Minedu que establece quiénes pueden repetir el año escolar 2023 y bajo qué criterios. En esta nota de La República, te contamos todos los detalles.

¿Cuándo repite un alumno en primaria?

Los estudiantes de nivel primario y secundaria son los únicos que tienen la probabilidad de repetir en caso desaprueben u obtengan una baja calificación en ciertas materias. En el caso de los escolares de segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto de primaria, pueden repetir automáticamente si es que han obtenido la calificación ‘C’ en Matemática y Comunicación.

¿Con cuántos cursos se repite el año en secundaria 2023?

En tanto, los alumnos de nivel secundario pueden volver a estudiar el mismo año escolar si es que, al término de este, desaprueban cuatro o más materias de la currícula. Asimismo, pueden repetir también si es que, al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación reprueban uno o dos cursos.

PROMOCIÓN Y REPITENCIA DEL AÑO ESCOLAR 2023

GRADO PROMOCION AL GRADO SUPERIOR PERMANECE EN EL GRADO AL TERMINO DEL AÑO LECTIVO ACOMPAÑAMIENTO O RECUPERCAIÓN PEDAGÓGICA
Reciben acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica Permanece en el grado al término de la recuperación.

 

 

4°

Al término del periodo lectivo: El estudiante alcanza como mínimo el nivel del logro “B” en la mitad o más de las competencias asociadas a todas las áreas o talleres pudiendo alcanzar los niveles “AD” ,”A”, o “C” en todas las demás competencias. El estudiante alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres Si no cumplen las condiciones de promoción o permanencia. Recuperan en aquellas competencias que tengan “C” Si no cumplen las competencias de promoción.
Al termino del acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica. El estudiante alcanza como máximo el nivel logro “B” en todas las competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica, pudiendo tener en una de estas áreas o talleres el nivel de logro “C” en todas las competencias

y

Al termino del periodo lectivo: El estudiante alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o mas de las competencias asociadas a tres áreas o talleres y “B” en las demás competencias El estudiante alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o mas de las competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres Si no cumplen con las condiciones de promoción o permanencia. Si no cumple las condiciones de promoción.
Al termino el acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica. El estudiante alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento o recuperación pedagógica y “B” en las demás competencias pudiendo tener en una de estas áreas o talleres el nivel de logro “C” en todas las competencias.

ORIENTACIONES DE PROMOCIÓN Y PERMANENCIA DE GRADO EN EL MARCO DE LA RVM N° 094-2020-MINEDU