El Congreso de la República aprobó la Ley Nº 29839 que prohíbe a los colegios de todos los niveles obligar a los padres de familia a comprar textos escolares nuevos o que estén diseñados para un solo uso.
La selección de los textos escolares a la que hace mención la norma aplica para los colegios particulares, en caso de los colegios públicos, el Estado evalúa los materiales y pasan por un riguroso proceso de selección dotando del material educativo para las principales áreas. Mediante esta Ley se establece un procedimiento de selección en las instituciones educativas privadas, para que los textos sean escogidos bajo un criterio de calidad y no bajo en beneficio adicional que la editorial le pueda brindar al colegio.
El Ministerio de Educación aprobó los indicadores de calidad que todos los textos deben de cumplir a nivel nacional, está prohibido direccionar la selección o adquisición del material educativo por criterios no pedagógicos a fin de garantizar mejores condiciones de calidad y precio, además permite la participación de los Padres de Familia para determinar un procedimiento en la selección de los textos escolares.
En el tema de los cobros indebidos el INDECOPI solo tiene competencia en los colegios particulares, siendo un punto recurrente en las denuncias que se reciben; en estos casos el padre de familia tiene que tener claro, que solo se les puede cobrar por la matrícula, en caso de ser nuevos, la cuota de inscripción y la pensión mensual que se haya acordado. En caso de los útiles los apoderados no pueden ser obligados a comprarlos en algún proveedor determinado siguiendo la normativa que ha establecido la actual Ley.