Recuerdan que colegios no pueden condicionar evaluación de alumnos al pago de pensiones

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Únicas medidas ante la falta de pago son la retención de la libreta de notas y el certificado de estudio a fin de año.

A pocas semanas para que termine el año escolar, Indecopi recordó que los alumnos de colegios privados no pueden ser retirados del salón ni impedidos de rendir los exámenes finales si sus padres no están al día en el pago de las pensiones de enseñanza.

De acuerdo al Código de Protección y Defensa del Consumidor, las únicas medidas que pueden tomar las instituciones educativas privadas para que los padres de familia o tutores cumplan con los pagos pueden ser la retención de la libreta de notas o la retención del certificado de estudios al finalizar el año escolar.

Además, Indecopi recordó que los colegios privados tienen la obligación de informar por escrito el monto y las fechas de matrícula del siguiente periodo educativo, así como la posibilidad de incremento de las pensiones.

Indecopi aseguró, a través de un comunicado, que entre el 2011 y agosto del 2014, impuso  2 021 sanciones a 918 entidades que bridan servicio de educación inicial, primaria y secundaria. Entre las infracciones más usuales se encuentra el direccionamiento de compra de uniformes o útiles, falta de entrega de boletas o facturas y no contar con el Libro de Reclamaciones.

Algunas instituciones también fueron amonestadas por el cobro de cuotas extraordinarias, falta de información de condiciones económicas o cobro de pensiones adelantadas.

Indecopi recomedó a los padres de familia que antes de contratar un servicio educativo, conozcan el comportamiento de las diversas instituciones a través del servicio “Mira a quién le compras”. Allí se encuentra el ranking de las instituciones educativas más sancionadas, así como la cantidad de multas impuestas y los motivos que originaron dichas sanciones.

Fuente: La República.pe