El licenciamiento será otorgado por un periodo de cinco años, tras lo cual deberá ser renovado para garantizar que la institución mantenga un óptimo nivel de calidad.
El Ministerio de Educación publicó hoy el reglamento de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.
La norma señala que, tal como lo vienen haciendo las universidades, los institutos públicos y privados también deberán licenciarse y demostrar que cuentan con un óptimo nivel de docentes, planes de estudio e infraestructura.
El licenciamiento será otorgado por un periodo de cinco años, tras lo cual deberá ser renovado para garantizar que la institución mantenga un óptimo nivel de calidad.
El reglamento indica que el ministerio establecerá un cronograma de licenciamiento.
Y las instituciones que no se presenten al procedimiento de licenciamiento dentro de los plazos establecidos “no pueden seguir desarrollando el servicio de Educación Superior, procediendo el Minedu a cancelar de oficio la autorización de funcionamiento”, subraya la norma.
Para conocer el reglamento completo puede hacer click en este enlace.
Bajo esta ley se regula a:
-Los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica, públicos y privadas, nacionales y extranjeros.
-Escuelas de Educación Superior Pedagógica, públicas y privadas, nacionales y extranjeras.
-Institutos y Escuelas de Educación Superior, públicos y privados, nacionales y extranjeros.