Lo primero que debe hacer una persona que encuentra a un menor de edad en estado de abandono en la calle o que es víctima de maltratos o explotación, es dar cuenta de inmediato a las autoridades y no pretender ampararlo en su hogar porque podría incurrir en la comisión de un delito penal.
Esta advertencia la lanzó la fiscal superior de familia, Cecilia Gonzales Fuentes, quien señaló que es un error llevarlo a una casa porque se le estaría desvinculando al niño de su familia de origen y afectando su derecho como persona de mantener sus relaciones familiares y parentales.
«Eventualmente se podría incurrir en delitos penales tales como el secuestro”, explicó la magistrada en el programa de televisión “Los Fiscales”.
Remarcó que un niño es una persona, sujeto de derechos y son las autoridades quienes tienen los mejores recursos para poder restablecer nuevamente este vínculo con su familia o llegado el caso en una situación límite, cuando ello no pueda darse, generarle una familia sustituta a través de la adopción.
En ese sentido, dijo en el espacio televisivo, que las Fiscalías de Familia despliegan una tarea permanente para salvaguardar los derechos de los niños y de los adolescentes, en especial de aquellos en estado de abandono.
Precisó que a diario se presentan casos de menores de edad en estado de abandono. Esta situación comprende a niños huérfanos así como a menores que son maltratados ó explotados por sus padres e, incluso, a menores que son entregados voluntariamente por sus padres a una institución para que se haga cargo de su cuidado.
“Estos casos también están incluidos dentro de lo que se considera abandono de acuerdo al Artículo 248 del Código de los Niños y Adolescentes”, indicó.
Agregó que de acuerdo al Ministerio de la Mujer, hay 18 mil niños en estado de abandono que se encuentran en Centros de Asistencia Residencial.
Desprotección familiar
La magistrada indicó que en el proyecto de reforma del Código de los Niños y Adolescentes se está introduciendo el término desprotección familiar.
“Este término sustituye al término de abandono y comprende una gama de situaciones como por ejemplo, al niño que a pesar de tener familia, se encuentra en situación de abandono y merece la atención del Estado, a fin de brindarle eventualmente una familia sustituta. Esa es la nueva mirada para los casos de la niñez en abandono”, remarcó.
Asimismo, dijo que las autoridades actúan de acuerdo a sus competencias. “Si se identifica una situación que podría configurar un delito o de lesiones se atiende por la vía penal, sin dejar de atender el caso que podría ser de abandono o de violencia familiar”, dijo en Los Fiscales.
La fiscal hizo hincapié en que existe en la sociedad la equivocada idea de que las instituciones, los albergues o los Centros de Atención Residencial están en la posibilidad de captar niños simplemente porque el padre ya no puede, de alguna manera controlarlos u orientarlos.
“Ellos – los padres – tienen el deber y la obligación de orientar a sus niños y acompañarlos en las diferentes etapas de su vida. Además, el ingreso de un niño a una institución ya es agraviante. El hecho de que el niño no viva en un entorno familiar deja huellas profundas, de tal manera que cuando sea adulto, posiblemente tendrá muchas dificultades para formar una familia, entonces ninguna autoridad desea que ningún niño sea institucionalizado”, refirió.
Especificó que una vez que se declara la condición de abandono de un menor y se inicia un proceso de adopción, es deseable que el proceso sea lo más corto posible porque de por medio se encuentra la vida del menor.
“Cuando los niños van creciendo y lo hacen institucionalizados ya están siendo afectados. La idea es que el proceso sea lo más corto posible, tanto en la etapa administrativa, fiscal y judicial”, dijo finalmente.
Fuente: ANDINA