MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Modifican número de metas por escala y grupo, según modalidad, forma y nivel educativo del Anexo 2 de la R.M. Nº 298-2014-MINEDU, en lo que respecta al segundo concurso público nacional excepcional de reubicación en escalas magisteriales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2015-MINEDU
Lima, 4 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que los profesores nombrados, pertenecientes al régimen de la Ley Nº 24029, comprendidos en los niveles magisteriales I y II, son ubicados en la primera escala magisterial; los de III nivel magisterial en la segunda escala magisterial; y los comprendidos en los niveles magisteriales IV y V son ubicados en la tercera escala magisterial a que se refiere la citada Ley; siendo que, para facilitar su acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, el Ministerio de Educación convoca, excepcionalmente, a dos concursos públicos nacionales;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0631-2013-ED, se convocó, excepcionalmente, a dos concursos públicos nacionales dirigidos a los profesores procedentes de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, para acceder a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial; de los cuales se encuentra pendiente el segundo concurso excepcional de reubicación que se realizará en el mes de febrero de 2015, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 510-2014-MINEDU que modifica el Anexo 1 de la Resolución Ministerial Nº 298-2014-MINEDU respecto al cronograma del referido concurso;
Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 813-2014-MINEDU de fecha 16 de junio de 2014, se aprobó la Norma Técnica denominada «Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial», la cual contiene disposiciones referidas a la organización, implementación y ejecución de los referidos concursos públicos excepcionales; así como a sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de los citados concursos;
Que, a través del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 298-2014-MINEDU de fecha 11 de julio de 2014, modificada por Resolución Ministerial Nº 365-2014-MINEDU de fecha 07 de agosto de 2014, se establecen las metas de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, previstos en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, las mismas que como Anexo 2 forman parte integrante de la referida resolución;
Que, de acuerdo con el Memorándum Nº 254-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITD, elaborado por la Dirección de Trayectoria y Bienestar Docente, el costo para incrementar de 25, 000 a 30, 000 las metas del segundo concurso excepcional de reubicación de escalas magisteriales asciende a la suma de S/. 112 700 000,00 (ciento doce millones setecientos mil y 00/100 nuevos soles);
Que, mediante Memorándum Nº 10802-2014-MINEDU/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto señala que en el Presupuesto Autorizado del Pliego para el año 2015 se han previsto recursos hasta por la suma de S/. 122 000 000,00 (ciento veintidós millones y 00/100 nuevos soles) para financiar la implementación del segundo concurso excepcional de reubicación de escalas magisteriales;
Que, a través del Oficio Nº 189-2015-MINEDU/VMGPDIGEDD, el Director General de Desarrollo Docente remitió al Viceministerio de Gestión Pedagógica el Informe Nº 009-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, a través del cual sustenta la necesidad de ampliar las metas por escala y grupo, según modalidad, forma y nivel educativo, del segundo concurso público nacional excepcional de reubicación, las cuales fueron establecidas, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Reforma Magisterial, mediante el Anexo 2 de la Resolución Ministerial Nº 298-2014-MINEDU;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, y las Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial, aprobadas por Resolución de Secretaria General Nº 813-2014-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el número de metas por escala y grupo, según modalidad, forma y nivel educativo del Anexo 2 de la Resolución Ministerial Nº 298-2014-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 365-2014-MINEDU, en lo que respecta al segundo concurso público nacional excepcional de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicar la presente resolución ministerial en el Diario Oficial «El Peruano», encargándose a la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
Que los ubiquen como auxiliares, en el ultimo de los casos como personal de servicio, para que cumplan el aporte que deben tener y no salir perjudicados, salen en desventaja por el aporte de jubilación.