MINEDU: Matricula de niños en educación inicial es todo el año

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Directivos de las instituciones educativas son los responsables de asegurar la matrícula de los niños en el aula que les corresponde según su edad cronológica.

La matrícula escolar para los niños de primero y segundo ciclo de Educación Inicial, en el país, se realizará de manera flexible en cualquier época del año y de acuerdo a la necesidad de las familias y de los estudiantes, ubicándolos en los grupos de edad que corresponda.

Así lo establece la directiva del Ministerio de Educación que aprueba las “Normas y Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2014 en Educación Básica”, la cual establece los lineamientos nacionales para la planificación, desarrollo y supervisión de las actividades lectivas en dicho año.

La norma señala que los niños deben ser ubicados en los grupos de edad que les corresponda. Por ejemplo a los que cumplen 3 años de edad al 31 de marzo serán promovidos de manera automática al segundo ciclo.

En el caso de los niños que cumplen 6 años al 31 de marzo serán promovidos también de manera automática al primer grado de Educación Primaria, agrega la citada Directiva, aprobada por la Resolución Ministerial Nro. 0622-2013-ED.

Serán el director de la Institución Educativa o profesora coordinadora a cargo de los programas, los responsables de asegurar la matrícula de los niños y niñas en el aula que les corresponde según su edad cronológica.

Prohibidos procesos de admisión

La norma legal, publicada en el diario El Peruano el 21 de diciembre del presente año, también es clara en señalar que en los procesos de admisión, inscripción, ingreso y/o matricula en Educación Inicial y primer grado de Primaria, está prohibido someter al niño a procesos de evaluación.

Agrega, que en el caso de la institución educativa cuya oferta de vacantes sea inferior a la demanda, los criterios de prioridad deberán basarse en aspectos que no involucren las capacidades y características del niño postulante.

Los criterios antes indicados deberán responder a aspectos objetivos que no entrañen discriminación o exclusión social y serán establecidos con anterioridad a la convocatoria anual para el ingreso de nuevos alumnos y publicado, en un lugar visible, para garantizar la transparencia e igualdad de oportunidades de todos los postulantes.

Fuente: MINEDU