Empresas tienen hasta hoy para realizar depósitos de CTS

Incumplimiento del pago podría ser sancionado y solo trabajadores que tengan más de 6 sueldos

Hasta hoy 15 de noviembre tienen plazo las empresas privadas y públicas para cumplir con el segundo depósito semestral de la Compensación de Tiempo de Serrvicios (CTS) a sus trabajadores, tal como lo dispone el Decreto Legislativo 650.

“De no efectuarse los depósitos en la oportunidad fijada por la ley, que son en la primera quincena del mes de mayo y el segundo depósito en la quincena del mes noviembre, estos generan intereses que deberán ser pagados por el empleador”, explica a elcomercio.pe Raúl Saco Barrios, profesor de Derecho Laboral en la Universidad Católica.

Señala también que las empresas que incumplan con este abono en las fechas establecidas, no solo terminarán pagando intereses a sus trabajadores, sino al estar en “falta” son proclives de ser sancionados por el Ministerio de Trabajo cuando esta entidad realice inspecciones laborales.

“Según la Ley General de Inspección del Trabajo, el incumplimiento del depósito de la CTS constituye una infracción grave en materia de relaciones laborales y la imposición de la multa administrativa respectiva se determina en función del número de trabajadores afectados”, agrega.

RETIRO DE CTS

Desde mayo último, la libre disposición del 100% de la CTS se anuló y se restableció la intagibilidad de este beneficio y ahora, hasta la culminación del vínculo laboral, los trabajadores podrán disponer solo del 70% excedente de seis sueldos acumulados.

Es decir, si una persona gana 500 soles, esta debe de tener más de 3.000 soles para poder realizar algún retiro. En el caso de que haya acumulado 3.300 soles, solo podrá retirar el 70% de los 300 soles, o sea 233 soles.

Sin embargo, como apunta Saco Barrios, menos del 10% de los trabajadores cumple con acumular más de seis sueldos para tener acceso a los excedentes acumulados.

Fuente: El Comercio.pe