Ejecutivo cambia normas para enfrentar accidentes de tránsito

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El Poder Ejecutivo anunció cambios en normas de tránsito a fin de tener herramientas más efectivas en la gestión del transporte público y “enfrentar de una manera contundente” –según indicó el titular del MTC– los accidentes de tránsito que ocurren a nivel nacional y, particularmente en los últimos días, en Lima y Callao.

El ministro de Transportes, Carlos Paredes, explicó algunas de las modificaciones que se harán y que aparecerán mañana en un decreto supremo. Por ejemplo, informó que a los conductores infractores que tengan acumulados hasta 100 puntos firmes o no firmes (es decir, sin que el proceso sancionador esté culminado) se les retendrá sus licencias de conducir y también sus vehículos.

“De esa manera, estamos previniendo que un conductor que ya acumuló papeletas deje de causar daño a la sociedad a través de esta medida cautelar”, dijo Paredes, quien recordó que actualmente, un problema es que los procesos sancionadores de las municipalidades provinciales, tras la imposición de papeletas de tránsito por parte de los policías, no tenían un límite de tiempo, al extremo de que las multas llegaban a caducar.

Otra modificatoria será plantear un plazo de 30 días para que las comunas lleven a cabo los procesos sancionadores. En ese lapso de tiempo se podrá mantener retenidas las licencias y los vehículos. “La vigencia de estos procesos sancionadores –de las sanciones que hoy día prescriben al año– se están extendiendo hasta 4 años para evitar su prescripción antes de que culmine el proceso sancionador”, explicó.

También se excluirá a los conductores del servicio público de los beneficios de pago anticipado de las multas por papeletas, que implica solo un porcentaje de la misma.

EMPRESAS SERÁN TAMBIÉN RESPONSABLES

Al reglamento de transporte se incorporará una disposición para que las empresas de transporte público sean corresponsables en los accidentes, ya no solo los conductores o los propietarios de los vehículos. Además, las compañías estarán obligadas a verificar que sus conductores no tengan acumulados los 100 puntos de papeletas. Y no será necesario que los procedimientos sancionadores hayan culminado.

“Si el conductor acumuló 100 puntos, así no estén firmes, no podrá salir a la calle a prestar servicio público de transporte. Los responsables de verificar que esta exigencia se cumpla son las empresas de transporte. En caso que no lo hagan, la norma establece sanciones que van desde 60 días de suspensión de la autorización de transporte a la empresa, 90 días en caso de reiteración y hasta la cancelación de la autorización para operar en la ruta”, manifestó.

Una medida adicional se refiere a las municipalidades provinciales donde hay continuidad urbana. La norma indica actualmente que debería de haber un régimen de gestión común en transporte.

La modificación, según informó el ministro, contempla que si no se ha establecido ese régimen, obliga a que la fiscalización y jurisdicción esté a cargo de la municipalidad de la misma. “En caso que un infractor ocasione un problema por el incumplimiento de una norma en Lima, pero la autorización ha sido recabada en el Callao, por ejemplo, Lima tendrá la obligación de trasladar todo lo actuado a la municipalidad donde la empresa tuvo su autorización para que esta municipalidad obligatoriamente inicie el procedimiento sancionador”, detalló.

El plazo del procedimiento ha sido acotado a 30 días. En ese plazo, la municipalidad que otorgó la autorización debe generar la sanción correspondiente.

Paredes no descartó modificar más normas e incluso leyes orgánicas.

Fuente: El comercio.pe