Disponen reducción de tarifas tope para servicios de Telefónica a partir del 1 de setiembre

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) dispuso hoy una reducción promedio de 0.79 por ciento en las tarifas tope correspondientes a un grupo de servicios que ofrece la empresa Telefónica y que entrarán en vigencia a partir del 1 de setiembre.

Según una resolución del Consejo Directivo del Osiptel publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, las reducciones se darán en las canastas de servicios C (instalación), D (renta mensual y llamadas locales), y E (llamadas de larga distancia nacional e internacional).

La medida se realiza en cumplimiento del ajuste trimestral de tarifas tope de los Servicios de Categoría I de Telefónica del Perú.

De acuerdo al mecanismo de cálculo señalado en la fórmula de tarifas tope establecida en los contratos de concesión de Telefónica, las tarifas tope promedio ponderadas para cada canasta de servicios están sujetas a la restricción del Factor de Control.

El Factor de Control se calcula en función del Factor de Productividad Trimestral y del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Considerando los valores del IPC de marzo y junio de 2011 y el valor del Factor de Productividad Trimestral vigente, el Osiptel determinó que el valor del Factor de Control aplicable para el ajuste tarifario del trimestre setiembre – noviembre de 2011 sea de 0.9921 para las canastas C, D y E.

El regulador dispuso que Telefónica del Perú publique, a más tardar el día de entrada en vigencia, el detalle de las tarifas tope de los servicios involucrados en el ajuste tarifario.

Para este efecto, debe considerarse que en este procedimiento regulatorio se evalúan y se aprueban las tarifas tope sin incluir impuestos, por lo que la publicación y aplicación efectiva de las correspondientes tarifas deberá sujetarse al régimen tributario vigente en cada momento.

El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado conforme a lo previsto en los contratos de concesión de los que es titular la empresa Telefónica del Perú y de acuerdo a lo establecido en el Régimen de Infracciones y Sanciones aprobado por el Osiptel.