AFORO AL 100% EN II. EE. A NIVEL NACIONAL.

Este sábado 23 de abril, el Gobierno presidido por Pedro Castillo dispuso la prórroga del estado de emergencia nacional por un plazo de 31 días a raíz de la pandemia de la COVID-19 y la expectativa de las nuevas medidas establecidas para el control de la enfermedad.

En este sentido, el Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM establece la entrada en vigencia de estas disposiciones a partir del domingo 1 de mayo de 2022, cuya validez se extenderá hasta el 31 del mismo mes.

Asimismo, en el nuevo documento publicado por parte del Ejecutivo se señala la modificación del artículo 3 del decreto supremo dado en febrero, que establecía particularmente disposiciones como el mantenimiento de la distancia de un metro por seguridad, así como el uso obligatorio de mascarillas tanto para espacios abiertos como cerrados, sin lugar a apelación, y otras medidas.

3.3 Los gobiernos locales regulan la actividad económica de los conglomerados en sus jurisdicciones, con la finalidad de reducir el riesgo de actividades en lugares cerrados sin adecuada ventilación y el riesgo de aglomeraciones, teniendo en consideración los siguientes lineamientos:

– Establecer la adecuada ventilación de espacios cerrados.

– Delimitar espacios físicos y cierre de accesos, con el objeto de controlar y diferenciar las zonas de entrada y de salida.

– Establecer horarios de supervisión en las horas de alta afluencia del público.

– Facilitar el uso de los espacios públicos al aire libre para asegurar el distanciamiento físico o corporal.

3.4 El Ministerio de Salud, en coordinación con otras entidades competentes del Sector Salud, realiza una vigilancia epidemiológica intensiva a fin de identificar cualquier incremento de casos localizados de personas afectadas por la COVID-19, y tomar medidas inmediatas de control.

3.5 En las instituciones educativas no es aplicable el distanciamiento físico o corporal no menor de un (1) metro.”

Descargar el Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM