Mediante RESOLUCION MINISTERIAL N° 093-2019-MINEDU, Aprueban padrones de instituciones educativas públicas y dictan diversas disposiciones
En la presente Resolucion Ministerial :
Establecen que los padrones aprobados por el artículo precedente. constituyen el único instrumento habilitante para la percepción de las asignaciones os montos establecen en el Decreto Supremo N° 014-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 227-2015-EF; en el Decreto Supremo N° 226-2015-EF y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 296-2016-EF, durante el año 2019, los mismos que deben ser actualizados anualmente.
Precisan que solo podrán percibir las asignaciones, los profesores nombrados y contratados, que desempeñan funciones efectivas como docentes, jerárquicos, directivos y auxiliares de educación, nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas de educación básica o técnico-productiva consideradas en los padrones correspondientes.
Dispóngase, que los padrones de instituciones educativas públicas aprobados con la Resolución Ministerial N° 108-2018- MINEDU se utilicen para efectuar el cálculo de la remuneración vacacional para los docentes y auxiliares de educación nombrados y las vacaciones truncas a favor de los profesores y auxiliares educación contratados que mantuvieron vínculo laboral durante el año 2018.
Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 108-2018-MINEDU.
Descargar los anexos de dicha Resolución
Resolución Ministerial N° 093-2019-MINEDU PARTE I
Resolución Ministerial N° 093-2019-MINEDU PARTE II
Resolución Ministerial N° 093-2019-MINEDU PARTE III
Resolución Ministerial N° 093-2019-MINEDU PARTE IV
Resolución Ministerial N° 093-2019-MINEDU PARTE V
Resolución Ministerial N° 093-2019-MINEDU PARTE VI
Resolución Ministerial N° 093-2019-MINEDU PARTE VII
Resolución Ministerial N° 093-2019-MINEDU PARTE VIII
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