Modifican “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017”

Modifican Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017”

                                           RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 005-2017-MINEDU

Lima, 13 de enero de 2017

VISTOS, el Expediente 0236455-2016, el Informe Nº 558-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el Informe N° 032-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación tiene, entre sus funciones, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento de personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;

Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 539-2016-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017”, la cual en su literal c) del numeral 5.6.2 establece que es función de la Comisión para la Evaluación y Validación del Cuadro de Distribución de Horas, elaborar y aprobar el cronograma que deben cumplir las comisiones de las instituciones educativas; la cual contempla las fases de formulación, revisión y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas;

Que, asimismo, el numeral 5.8.1 de la referida Norma Técnica establece que las fases del cronograma descritas en su literal c) del numeral 5.6.2. y la expedición de la resolución de aprobación de cuadro de distribución de horas pedagógicas de las instituciones educativas del nivel secundaria de la EBR, de la JEC, de los CRFA y del ciclo avanzado de los CEBA, a cargo de la UGEL, DRE o quien haga sus veces, según corresponda, no deben efectuarse con posterioridad al 13 de enero del año 2017;

Que, a través del Oficio Nº 023-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 558-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes; por medio del cual se sustenta la necesidad de modificar el numeral 5.8.1 de la Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017”; a fin de ampliar el plazo establecido actualmente, lo que permitirá que las instancias de gestión educativa descentralizadas involucradas cumplan cabalmente con sus funciones y se asegure la oportuna distribución de las horas pedagógicas en coherencia con el plan de estudios vigente;

Que, conforme lo dispone el literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar el numeral 5.8.1 de la Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 539-2016-MINEDU, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“5.8.APROBACIÓN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS PEDAGÓGICAS

5.8.1. Las fases del cronograma descritas en el literal c) del numeral 5.6.2 de la presente norma y la expedición de la resolución de aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas de las instituciones educativas del nivel de educación secundaria de la EBR, de la JEC, de los CRFA y de CEBA – ciclo avanzado, efectuado por la UGEL, DRE o quien haga sus veces, según corresponda, no deben de efectuarse con posterioridad al 23 de enero del año 2017”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS

Secretario General