La Resolución Ministerial Nº 556-2014-MINEDU, publicada el 17 de diciembre de 2014, que aprueba «NORMAS Y ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2015 EN LA EDUCACIÓN BÁSICA» especifica que: «A partir del año 2015, las nóminas y actas serán oficiales desde su aprobación mediante el SIAGIE por parte del director de la IE y dicho acto será bajo estricta responsabilidad del mismo. (…) La responsabilidad administrativa y legal de la generación y aprobación de las nóminas de matrícula y actas de evaluación será asumida por el director de la Institución Educativa.
En tanto, las nóminas de matrícula y actas consolidadas de evaluación oficiales son generadas por las IIEE a través del SIAGIE en archivo digital, no será necesario el envío de estos documentos en físico a las UGEL (…)». Actualmente la R.M. Nº 572-2015-MINEDU, del 18·12·2015 que aprueba las NORMAS Y ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2016 EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PROGRAMAS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA en el numeral 6.3.3 indica que: “Las Nóminas de Matricula y Actas Consolidadas de Evaluación obtienen carácter oficial desde su aprobación mediante el SIAGIE por parte del Director de la IE; dicho acto será realizado bajo estricta responsabilidad del mismo (…)”. Además de ello en el numeral 6.1.1, acápite b.2.1 se refiere a la matrícula en Educación Básica Regular e indica que en ciclo I (de 0 a 2 años) la matrícula se realiza de manera flexible en cualquier época del año, ubicándolos en los grupos de edad correspondiente y los que cumplen 3 años al 31 de marzo, son promovidos al ciclo II (de 3 a 5 años) en donde el proceso de matrícula es más rígido en el sentido de que se realiza de acuerdo a la edad cronológica cumplida al 31 de marzo y los que cumplen 6 años al 31 de marzo son promovidos automáticamente al primer grado de primaria. Además de que a través del SIAGIE se llevará un control estricto del cumplimiento de la edad reglamentaria, es decir que si no cumple con la edad al 31 de marzo, el SIAGIE automáticamente no lo registrará.
Con respecto a la matrícula en el primer grado de primaria específica que se realizará considerando que hayan cumplido 6 años de edad al 31 de marzo del 2016. Además agrega que excepcionalmente podrán ser matriculados aquellos que hayan culminado el II ciclo de educación inicial (de 3 a 5 años) y que además cumplan 6 años al 30 de junio de 2016. Esta flexibilidad en el proceso de matrícula para el primer grado de primaria se debe principalmente a que la normativa que establecía que solo los niños que hayan cumplido 6 años de edad hasta el 31 de marzo del año en curso podían ingresar a primer grado, estaría vigente desde el 2009.
El viceministro de Gestión Pedagógica del MINEDU, Flavio Figallo, comentó al respecto: «Hemos visto que hay un grupo importante de niños, justo los que nacieron el 2010, que ya terminó su educación inicial y que no podría matricularse, por haber nacido después del 31 de marzo». Sobre el particular, señaló que esta decisión excepcional favorece, a escala nacional, a cerca de 30 mil educandos que han culminado con su educación inicial. Además agregó que no se volverá hacer estos cambios el próximo año 2017 y que en la misma norma se está reafirmando que la matricula en primaria será a los niños con 6 años cumplidos al 31 de marzo, considerando que la fecha de corte para el inicio del año escolar ha sido establecida en marzo porque permite que los niños tengan una madurez pertinente a la edad. En tal sentido recalcó que una entrada temprana fuera de la edad reglamentada a la escuela no necesariamente es lo adecuado. Los niños y niñas que inician la educación primaria cuando aún no han asegurado determinados desarrollos, genera al país dificultades para la infancia, pues esto implica que se haga un gran esfuerzo en las transiciones entre inicial y 1º grado generando dificultades emocionales y cognitivas en niños y niñas, teniendo bajos logros de aprendizaje. Existen fundamentos sobre el desarrollo infantil que sustentan que los niños y niñas si inician el primer grado en las mejores condiciones madurativas podrán enfrentar los retos que demandan los aprendizajes correspondientes a ese grado. Por lo que los padres de familia y directores de las instituciones educativas no deben adelantar procesos en ellos.
Este es un análisis y/o comentario, salvo mejor opinión y aporte. Tacna-Perú, febrero de 2016.
Fernando Gamarra Morales.
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