La Contraloría General de la República destacó que, a partir del 6 de abril, aplicará sanciones administrativas a los funcionarios públicos que cometan infracciones graves o muy graves en el desempeño de sus funciones, las mismas que están descritas en el Reglamento publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.
El organismo de control destacó la publicación del Ejecutivo de las 63 infracciones que ameritarán sanciones que van desde la suspensión temporal por 30 días, hasta la inhabilitación para trabajar en el Estado por cinco años.
Este listado integra en un mismo texto normativo las conductas prohibidas que antes se encontraban dispersas y eran aplicadas por las mismas instituciones públicas.
El reglamento de esta Ley establece 36 infracciones muy graves que serán sancionadas con la inhabilitación para trabajar en el Estado durante el periodo de dos a cinco años.
Entre estos casos figuran, por ejemplo, recibir doble sueldo del sector público, hacer una declaración falsa o fraguar documentos en una valoración de obras o adquisición de bienes y servicios; o actuar en forma parcializada en contra de los intereses del estado.
La norma también establece 27 infracciones graves que serán sancionadas con suspensión temporal en el ejercicio de sus funciones, que van de 30 días a 360 días calendario, o inhabilitación para el ejercicio de la función pública no menor de uno ni mayor de dos años.
En este caso se incluye el contratar bienes, servicios u obras sin proceso de selección, simulando su realización o de forma fraudulenta, afectando la transparencia del proceso y generando un perjuicio al Estado.
La Contraloría aplicará las sanciones de manera gradual, tomando en cuenta la reincidencia en la comisión de las infracciones, las circunstancias en las que se cometió la infracción, el grado de participación del funcionario, las consecuencias que genere al Estado, entre otros.
Según la norma, estará totalmente garantizado el debido proceso y el derecho de defensa de los servidores o funcionarios públicos, quienes serán notificados oportunamente y podrán participar en el proceso presentando escritos, descargos, recursos y pruebas.
Asimismo, si los implicados están en desacuerdo con la sanción impuesta podrán apelar ante una segunda instancia, a cargo del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas.
Vía : Perú 21