Los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa en un acto electoral gozarán de un día de descanso remunerado, en el sector público y en el privado, propone el Anteproyecto de Código Electoral puesto a consideración de la opinión pública por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Este descanso se hará efectivo de común acuerdo con el empleador dentro de los 30 días de realizada la elección, precisó el doctor Jorge Luis Herrera Guerra, miembro de la comisión que elaboró dicho documento.
Señaló que los electores sorteados como miembros de mesa deberán presentar la acreditación de haber participado en la capacitación respectiva, así como la constancia de haber cumplido con sus funciones el día de la elección; mientras que aquellos que fueron seleccionados de las filas de votantes recibirán el incentivo sólo con la constancia de que se han desempeñado en el cargo.
Herrera Guerra dijo que si el empleado y el empleador no llegan a un acuerdo sobre el día del descanso remunerado, este último podrá tomar una decisión al respecto, sin posibilidad de suprimir el beneficio.
En caso de que se realice una segunda votación en el mismo proceso electoral, los miembros de mesa gozarán de otro día de descanso remunerado, siempre que se cumplan los requisitos señalados.
El Anteproyecto de Código Electoral y Código Procesal Electoral puede ser revisado por la ciudadanía en el portal www.codigoselectoralesperu.pe, donde pueden presentar además sus comentarios y sugerencias.