Instituciones Educativas que presten servicios en el nivel de Educación Inicial, podrán autorizar el ingreso y/o permanencia del niño o niña hasta un año mayor de la edad cronológica

Disponen que las Instituciones Educativas Públicas y Privadas que presten servicios en el nivel de Educación Inicial de la Educación Básica Regular, excepcionalmente, podrán autorizar el ingreso y/o permanencia del niño o niña hasta un año mayor de la edad cronológica establecida al inicio del año escolar RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0028-2013-ED 25 de enero de…

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