COMUNICADO N° 001 – 2020-DRELP/DGP
SOBRE EL TRABAJO REMOTO DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DE LAS IIEE DE EDUCACIÓN BÁSICA, TÉCNICO PRODUCTIVO Y SUPERIOR TECNOLÓGICA/PEDAGÓGICA
Señores directores (as) y docentes de las Instituciones Educativas de Educación Básica, Técnico Productiva y Superior del ámbito de la Región Lima, el presente comunicado tiene la finalidad de precisar respecto a la vigencia del Trabajo Remoto, cuya aplicación se enmarca en los siguientes términos:
Mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM se declara el estado de emergencia en todo el país, para prevenir la propagación del COVID-19. Complementario a ello, se publica el Decreto de Urgencia N° 026-2020 que establece las medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del CORONAVIRUS en el territorio nacional, que en su Art. 17 establece la aplicación del trabajo remoto para los trabajadores del sector público y privado. Así mismo, en los artículos 18 y 19 de la misma norma precisa sobre las obligaciones del empleador y trabajador, así como el uso de Equipo y medios disponibles para el trabajo remoto.
Finalmente, en el artículo 21 Autoriza al Ministerio de Educación (en tanto se extienda la emergencia sanitaria por el COVID19), establecer disposiciones normativas y/u orientaciones, para que las instituciones educativas públicas y privadas bajo el ámbito de competencia (todos sus niveles, etapas y modalidades), presten el servicio educativo utilizando mecanismos no presenciales o remotos bajo cualquier otra modalidad, quedando sujetos a fiscalización posterior.
En ese contexto, la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias, precisa los siguientes:
Sobre el trabajo remoto (domiciliario) del (la) Director (a), deberán implementar y remitir su plan de trabajo remoto sobre propuesta de los instrumentos de gestión escolar/institucional, los mismos que tendrán que ser socializados y validados por los actores educativos de su institución. La UGEL/DRELP envía los insumos los cuales son evaluados por cada director y los emplea considerando su pertinencia. Cada director (a) de II.EE o IES remite sus productos en forma virtual al Director/Jefe de Gestión Pedagógica o a los especialistas de gestión pedagógica. El cronograma de remisión de sus productos es flexible; pudiendo ser cada fin de semana o al finalizar el periodo de aislamiento social.
Sobre el trabajo remoto (domiciliario) de los (las) docentes deberán terminar y enviar su plan de trabajo remoto orientado a mejorar su planificación curricular, elaboración de materiales educativos, elaboración de los diferentes planes y/o participación en cursos virtuales. Los directores revisaran, y aprobaran dichos planes. Los productos se remitirán de manera virtual al director, subdirector o coordinador/asesor pedagógico (Educación Básica) y al director general, jefe de unidad o área académica (IES), con su respectivo cronograma, pudiendo ser al culminar cada tarea, cada fin de semana o al culminar el periodo de la emergencia, previo consenso y comunicación con sus jefes inmediatos.
Finalmente, el director deberá consolidar los productos de cada docente, como evidencia de cumplimiento. Los docentes no remiten productos a los especialistas, salvo para alguna consulta y orientación. Excepcionalmente, en caso de docentes que no evidencien el desarrollo de habilidades en el manejo de los medios de comunicación virtual o no tengan acceso al servicio de internet deberán entregar los productos en físico, al final el periodo de emergencia.
Asimismo, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR en los párrafos 3 y 4 del Comunicado N° 01 precisa que “si la naturaleza de las labores de los servidores (directivos y docentes) no es compatible con el trabajo remoto, el empleador deberá otorgar licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior”. Es decir, si los docentes consideran que no es posible realizar el trabajo remoto en este periodo debe comunicar a la UGEL/DRELP su situación para el ejercicio de su derecho laboral consistente en solicitar la licencia con goce de haber.
Por lo que, la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias, estamos comprometidos con apoyar y asesorar vuestro trabajo, a través de una rueda de conferencias virtuales a partir del 24 de marzo, el mismo que permitirá dar mayores precisiones y absolución de consultas de tipo técnico pedagógico e institucional, en el marco de lo establecido en las normas pertinentes.
Santa María, 24 de marzo de 2020
JESÚS MELCHOR VELIZ VICTORIANO
Dirección Regional de Educación de Lima Provincias
Sino tengo computadora debo pedir licencia con goce de haberes?
a mi hijo le están haciendo clases virtuales por WhatsApp, pero le están dejando textos que no están en el libro que entregó el estado,pese a esto van a tener recuperación??
LAS CLASES VIRTUALES NO SE PUEDEN DAR PORQUE COLAPSAN LAS REDES SOLO PARA CASOS DE EMERGENCIA SE DAN EVITAR USAR FACEBOOK YOUTUBE NO SATURAR LAS REDES ESTE MINISTERIO NO ENTIENDE
CUAL RECUPERACIÓN DE CLASE ESTAMOS FRENTE A UNA PANDEMIA MUNDIAL ¿CUAL ES PRIMERO LA VIDA O LA MUERTE?
Que pasa con Los que tenemos poco acceso a Internet?, escribo mi correo y mi contraseña, no me acepta. Por favor, soy docente discapacitado, con serios problemas de salud, gracias
Que busca el minedu otro ensayo será un gran fracaso luego culpa de los docentes sean realistas los alumnos no tienen internet en casa menos la computadora, en las zonas rurales no tienen ni luz porque se desesperan el ministerio primero nuestra salud estamos expuestos a la pandemia internacional y mundial.,descerebrados creen en su condición viven felices en Lima….
Señores del MINEDU por favor hay que tomar otras medidas o estrategias, yo trabajo en una I.E. con mas de 800 estudiantes en zona marginal en los tres niveles, se podrá dar el trabajo remoto a todos los estudiantes. Un ejemplo si tengo 30 estudiantes y solo doy el trabajo remoto a la mitad, que trabajo hay, la enseñanza aprendizaje es para todos los y las estudiantes.