PRESENTACIÓN
La reasignación es la acción administrativa de personal mediante la cual el profesor se desplaza de un cargo a otro igual que se encuentra vacante, sea plaza orgánica, se encuentre presupuestada y que pertenezca a la misma área de desempeño. En el caso de profesores de las áreas de Gestión Pedagógica y Gestión Institucional que prestan servicios en instituciones educativas, la reasignación se realizará necesariamente en la misma modalidad, forma, nivel y/o ciclo educativo.
CAUSALES
a. Por interés personal
Proceso que se realiza mediante evaluación de los criterios establecidos en la presente norma de procedimiento, entre los meses de octubre a diciembre de cada año.
b. Por Unidad familiar
Proceso que se realiza mediante evaluación de los criterios establecidos en la presente norma de procedimiento, entre los meses de octubre a diciembre de cada año.
REQUISITOS
Por interés personal y unidad familiar
- Acreditar tres (3) años de nombrado como mínimo.
- Acreditar dos (2) años de permanencia como mínimo en la última plaza de la cual es titular en condición de nombrado.
- Adjuntar pase semestral actualizado para reasignación, expedido por la DRE/UGEL de origen.
- No procede reasignación por interés personal ni por unidad familiar dentro del mismo distrito.
- Para reasignación por Unidad Familiar se debe acreditar, en el caso de cónyuge o concubinato legalmente reconocido, hijos menores de edad, hijos mayores de edad con discapacidad certificada o padres mayores de setenta (70) años que dependan directamente del profesor o que se encuentren con discapacidad certificada, tengan residencia en el lugar de destino
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se efectúa teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a. Evaluación de desempeño laboral (hasta 40 puntos)
b. Escala Magisterial alcanzada por el profesor (hasta 20 puntos)
c. Labor efectiva en zona rural o de frontera (hasta 20 puntos)
d. Tiempo de Servicios oficiales en la carrera. (hasta 20 puntos)
- La Evaluación de Desempeño laboral es el documento que emite el funcionario inmediato superior del profesor. El reglamento establece las disposiciones de su calificación vigesimal.
El docente que no acredite evaluación de desempeño laboral favorable no puede reasignarse.
- El puntaje por Escala Magisterial será:
ESCALA | PUNTAJE |
---|---|
Octava | 20 puntos |
Sétima | 18 puntos |
Sexta | 16 puntos |
Quinta | 14 puntos |
Cuarta | 12 puntos |
Tercera | 09 puntos |
Segunda | 06 puntos |
Primera | 03 puntos |
- En el caso de Zona Rural y de Frontera, se califica siempre que se acredite estar laborando en estas zonas a la fecha de solicitar la reasignación:
Por zona rural, por cada año 2.5 puntos.
Por zona de frontera, por cada año 2.5 puntos.
- Tiempo de servicios:
0.2 puntos por cada año lectivo de servicios (máximo 20 puntos).
- Por Unidad Familiar:
El Profesor acreditará la relación de parentesco mediante acta de nacimiento para el caso de hijos y padres y mediante acta de matrimonio en caso de cónyuge o resolución judicial en caso de concubinato, para establecer si cumple o no con el requisito.
TIPOS
- Los profesores presentaran su expediente ante la DRE o UGEL de destino indicando el Tipo a la que sean postular, adjuntando los documentos indispensables que corresponda como son:
- El pase semestral emitido por el Escalafón de la Entidad de origen, con excepción para los casos del Tipo 1.
- La constancia de la UGEL de origen que acredite la zona rural o de frontera de la I.E. donde labora el Docente, de ser el caso.
- Para el caso de solicitud de reasignación por Unidad Familiar, el documento que acredite la relación de parentesco con el familiar directo referido, la partida de matrimonio o documento que reconozca el concubinato o unión de hecho, la constancia domiciliaria del familiar directo que reside en la jurisdicción de la entidad de destino a la que solicita reasignación y la certificación de la discapacidad con certificación de CONADIS o incapacidad declarada judicialmente.
CRONOGRAMA
Cronograma para el procedimiento de reasignación excepcional por las causales de interés personal y de unidad familiar, tipos 1,2 y 3, para los cargos de profesor de instituciones educativas públicas de educación básica y técnico productiva, correspondiente al año 2014, aprobado por Resolución Ministerial N° 282-2015-MINEDU
ACTIVIDADES | Inicio | Fin | |
1 | Tipo 1: Publicación de plazas vacantes | 31/05/2015 | 05/06/2015 |
2 | Tipo 2: Publicación de plazas desiertas Tipo 1 y vacantes generadas al 21/07/2015 | 22/07/2015 | 22/07/2015 |
3 | Tipo 3: Publicación de plazas desiertas Tipo 2 y vacantes generadas al 06/08/2015 | 01/07/2015 | 15/07/2015 |
4 | Presentación de expedientes para los 3 tipos | 08/06/2015 | 19/06/2015 |
5 | Evaluación de expedientes para los 3 tipos | 22/06/2015 | 02/07/2015 |
6 | Publicación de los Cuadros de Méritos | 03/07/2015 | 03/07/2015 |
6 | Reclamos por escrito | 06/07/2015 | 07/07/2015 |
7 | Absolución de reclamos | 08/07/2015 | 08/07/2015 |
ADJUDICACIÓN DE PLAZAS: Tipo 1 | |||
8 | Adjudicación de plazas | 09/07/2015 | 13/07/2015 |
9 | Remisión del informe del Comité de Evaluación | 14/07/2015 | 14/07/2015 |
10 | Emisión de Resolución | 15/07/2015 | 21/07/2015 |
ADJUDICACIÓN DE PLAZAS: Tipo 2 | |||
11 | Adjudicación de plazas | 23/07/2015 | 27/07/2015 |
12 | Remisión de informe del Comité de Evaluación | 30/07/2015 | 30/07/2015 |
13 | Emisión de Resolución | 31/07/2015 | 06/08/2015 |
ADJUDICACIÓN DE PLAZAS: Tipo 3 | |||
14 | Adjudicación de plazas | 10/08/2015 | 12/08/2015 |
15 | Remisión de informe del Comité de Evaluación | 13/08/2015 | 13/08/2015 |
16 | Emisión de Resolución | 14/08/2015 | 20/08/2015 |
PLAZAS VACANTES
Relación de plazas vacantes para el procedimiento excepcional de reasignación por las causales de interés personal y de unidad familiar correspondiente al año 2014