Mediante RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 144-2023-MINEDU publicado el 04/10/2023 en el diario el peruano:
Modifican documento normativo Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022
5.6.17 Adjudicación por acto público
5.6.17.1 Pueden participar en la adjudicación por acto público ante la DRE los postulantes que no seleccionaron II.EE. en la selección extraordinaria de la Fase Extraordinaria del concurso o no ganaron una plaza en dicha actividad. Excepcionalmente, en este grupo se incluyen a aquellos postulantes que registraron en el Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de Trayectoria Profesional en el aplicativo dispuesto por el Minedu que no postulaban a II.EE. de zona de frontera, II.EE. públicas de gestión directa gestionadas por autoridades de otros sectores e instituciones del Estado (Fuerzas Armadas, Municipalidades, entre otros) e II.EE. de gestión privada por convenio (salvo Colegios Militares) o, II.EE. EIB.
La relación de postulantes es publicada en el portal institucional del Minedu, por grupo de inscripción y en estricto orden de mérito establecido en función de su puntaje final.
En caso de empate, se tomará en cuenta los criterios definidos en los numerales 5.6.11.4 y 5.6.11.5 del documento normativo.
5.6.17.2 Las plazas vacantes de las II.EE. que se encuentran disponibles luego de la actividad de selección extraordinaria de II.EE. de la Fase Extraordinaria del concurso son publicadas en el portal institucional del Minedu, para ser ofertadas en un acto de adjudicación pública organizado por la DRE considerando la región que el postulante seleccionó para nombrarse, la disponibilidad de plazas de acuerdo al grupo de inscripción y por orden de mérito, en el plazo establecido en el cronograma.
5.6.17.3 Se podrá presentar al acto de adjudicación, organizado por la DRE, el postulante o su representante debidamente acreditado con su DNI original, quien debe presentar, además, la carta poder simple y copia del DNI del postulante.
5.6.17.4 Para adjudicar una plaza en una IE ubicada en zona de frontera, IE pública de gestión directa gestionada por autoridades de otros sectores e instituciones del Estado (Fuerzas Armadas, Municipalidades, entre otros) e IE de gestión privada por convenio (salvo Colegios Militares), o IE EIB, el postulante debe acreditar los requisitos establecidos en los numerales 5.3.2.2.1, 5.3.2.2.3 y 5.3.2.2.4 del documento normativo ante la DRE, quien deberá verificar el cumplimiento de dichos requisitos en acto público. Para el requisito de la plaza en II.EE.EIB, el Minedu proporcionará a la DRE la información necesaria para la adjudicación de dichas plazas.
5.6.17.5 La DRE, dentro del plazo establecido en el cronograma, debe ingresar en el aplicativo dispuesto por el Minedu, las plazas adjudicadas por acto público.
5.6.17.6 El Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma, publica en su portal institucional los resultados de la adjudicación realizada por la DRE y con dicha publicación las UGEL emiten las resoluciones de los ganadores de la adjudicación por acto público de conformidad con lo señalado en el numeral 5.6.14 del documento normativo. Para ello el postulante ganador debe presentar la documentación señalada en los numerales 5.6.13.2 y 5.6.13.3 del documento normativo, de acuerdo al plazo establecido en el cronograma.