MINEDU. Otra vez: buenas intenciones que pueden morir por pésimas estrategias que terminan violando la constitución y las leyes de educación.

El Minedu ha publicado mediante RM 613-2018Minedu del 9/11/2018 un proyecto de reglamento que de aprobarse asfixiaría a la educación privada más seria, lo cual puede constituir un increíble retroceso en la urgente necesidad de innovación y participación multidisciplinaria que requiere la educación. En un afán justificado de controlar a las IEP que incumplen sus propósitos y las regulaciones administrativas ministeriales ya existentes, se mete en un solo saco a todas y se les pide cosas que ni siquiera se pide a la educación pública bajo pena de multas astronómicas (que de aplicarse las haría quebrar, o trasladarlas vía pensiones a los propios padres, o incumplir con el pago de planillas).

http://www.minedu.gob.pe/proyecto-reglamento-ie-privadas/pdf/proyecto-de-reglamento-de-iieepp-pre-publicacion-121118.pdf

Con frecuencia he criticado al Minedu por el enorme peso que daba a los economistas en desmedro del saber pedagógico de quienes tienen experiencia y aportes que hacer desde la vida escolar. Ahora parecería que se les han sumado los abogados, que redactan reglamentos como éste que tiene muy poca noción de cómo es la vida escolar desde adentro.

Este proyecto de reglamento de instituciones educativas privadas está redactado desde una imagen de que “todos los centros educativos privados son unos irresponsables tramposos que deben ser híper-controlados y sancionados”, en vez de hacer el distingo entre los que hacen las cosas bien y merecen incentivos para avanzar en sus propuestas e innovaciones de aquellos que hacen las cosas mal y deben ser controlados y sancionados.

Es una norma que no solo rebasa la constitución (Art 13,14,16), la ley general de educación (Art 72) y la ley de educación privada 26549 (Art 3), sino la prevención y eliminación de barreras burocráticas (DL 1256), y la simplificación administrativa (DL 1310), evidenciando un claro espíritu controlista, burocratizador y limitante de la urgente innovación.

De 83 artículos apenas hay dos declaraciones sobre el ánimo de innovación. De 39 faltas 21 se califican como graves o muy graves con multas mayoritarias de 40 a 100 UITs que harían quebrar y cerrar a muchos colegios, o trasladar a los padres vía pensiones esas multas o impedir el pago de planillas a los profesores. Se aumenta notablemente el margen de discrecionalidad para los funcionarios de las UGELES que pueden multar por cualquier cosa, sin que haya instancia de apelación o defensa frente a la arbitrariedad. Se abre otro nicho para la corrupción. ¿Se trata de supervisar que los colegios se ajusten a la normatividad o de impedir su funcionamiento?

No sé si ocurrirá esta vez también, pero muchas veces cuando el Minedu convoca a mesas para discutir una norma lo que hace es defenderla tal cual, incorporar algún detalle o modificación menor para luego sostener que han hecho una gran consulta y que el resultado de ella es lo que se termina publicando.

Me pregunto ¿es tan difícil para el Minedu convocar a unos 20 promotores y directores de colegios de todos los NSE que a la luz del propio ministerio hacen las cosas bien y son referentes para la educación privada de calidad, y a partir de sus aportes reformular el reglamento para asegurarse que sea realmente promotor de la buena educación? ¿Se han puesto los altos funcionarios del Minedu en el rol de los promotores y directores de las Instituciones Educativas Privadas para ver cómo harían ellos si tuvieran que aplicar ese reglamento?

Blog León Trahtemberg