Hay exclusión en sectores
Idel Vexler, educador.
Para postular a la quinta escala magisterial se plantea como requisito estudios de posgrado concluidos; a partir de la sexta, maestría; y por último, a partir de la sétima, doctorado. Pareciera que la licenciatura tiene valor relativo para el MINEDU, pues se le considera solo hasta la cuarta. Salvo que se pretenda que la sétima y octava sean nominales. La exigencia hasta la sexta debiera ser la licenciatura; para la sétima tener estudios concluidos de posgrado; y para la octava la maestría. La postura excluyente de la Ley se reafirma en el Proyecto de Reglamento, debido a que quienes están o estén en la sexta podrían postular a la octava escala recién dentro de diez años, es decir, después del 2023, siempre y cuando tengan techo por sus edades y el doctorado. En la Carrera Pública Magisterial, los profesores llegaron hasta los niveles IV y V (los más altos) con sueldos dignos. Pienso que se debe atender estos puntos, al ser preocupación de muchos educadores.
Existen varios beneficios
Daniel Mora, Pdte. de la Comisión de Educación.
Las escalas magisteriales son sumamente beneficiosas para los maestros. No existe exclusión en sectores del magisterio. La ley es sumamente meritocrática. Un profesor de la Ley del Profesorado es el más favorecido; quizás los que tengan menos carga académica no, pero la hora académica pedagógica es de 45 minutos. Por hora académica el maestro estaría ganando cerca de S/. 52, más alta de lo que pagan algunas universidades privadas y públicas. Un director de un colegio nacional estaría percibiendo más de S/. 4 mil, y se le están pagando todos los beneficios que señalan la Ley del Profesorado, como maestrías, doctorados, entre otros. Esta es una gran ventaja, probablemente no es la mejor, pero se han ampliado los recursos para el sector. Los maestros deben exigir evaluaciones y procesos anuales de ascensos. Cabe recalcar que el MINEDU debe tomar medidas de difusión de la ley e información a todos nuestros docentes.
Fuente: La República.pe