Indecopi: Colegios privados solo pueden cobrar por cuota de ingreso, matrículas y pensiones

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó a los padres de familia que los colegios privados solo están autorizados a cobrar por tres conceptos: cuota de ingreso, matrícula y pensiones mensuales.

En el marco de la Campaña “Al Colegio con Indecopi 2017”, precisó que las instituciones educativas privadas pueden cobrar la cuota de ingreso por única vez, cuando el alumno ingrese al centro educativo; la matrícula, que es un pago anual que no debe ser mayor a la pensión y la pensión mensual, que no puede ser cobrada de forma adelantada.«Es así que se encuentra prohibido que los colegios privados exijan cualquier tipo de cobro por conceptos distintos a los antes mencionados. Los centros educativos privados solo podrán requerir el pago de cuotas extraordinarias a los padres de familia, siempre y cuando cuenten con la autorización del Ministerio de Educación», detalló el Indecopi.

Además, el Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que si las instituciones educativas privadas decidieran aumentar el monto por concepto de pensión para el siguiente año, las mismas están en la obligación de informar, por escrito, a los padres de familia, antes de que culmine el año escolar y durante el proceso de matrícula lo relacionado al monto, número y fechas de pago de las pensiones, así como los posibles aumentos.

El Indecopi también destacó que los colegios particulares están impedidos de utilizar fórmulas intimidatorias que afecten el normal desarrollo educativo y de la personalidad de los alumnos.

«Por ello, no podrán restringirles el ingreso al colegio, ni sacarlos del mismo; tampoco dejarlos en el patio, impedir rendir las evaluaciones u otra acción que pueda afectar a los escolares», refirió.

Sanciones

Con el fin de empoderar al consumidor, el Indecopi cuenta con el servicio “Mira a quién le compras” (www.indecopi.gob.pe/miraaquienlecompras), donde se encuentran todos los colegios sancionados, a nivel nacional, así como los motivos de las sanciones impuestas. Ello con la finalidad de que los padres verifiquen con qué colegio les conviene contratar para la educación de sus hijos.

Entre el 2012 y 2016, el Indecopi impuso un total de 4 453 sanciones a colegios privados de nivel inicial, primaria y secundaria con 4 043 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a   S/ 15 969 850, aproximadamente. En cuanto a colegios secundarios, impuso 1 116 sanciones con 1230 UIT, mientras que a los centros de educación inicial y primaria un total de 3 337 sanciones por un monto de 2 813 UIT.

Cabe destacar que el cobro de cuotas extraordinarias se constituye en una de las infracciones más recurrentes detectadas tanto en el nivel primario como secundaria, situación que ha motivado algunas de las sanciones impuestas a los centros educativos del país.

Cómo denunciar

Durante esta campaña, el Indecopi ha puesto a disposición de la ciudadanía el correo electrónico colegios2017@indecopi.gob.pe, a través del cual los padres de familia podrán realizar sus denuncias anónimas, informando a la autoridad sobre algún hecho irregular o cobro indebido. Se les recuerda que pueden adjuntar documentos, fotos o cualquier medio probatorio de la presunta infracción. Del mismo modo pueden comunicarse a los teléfonos: 224-7777 para Lima y 0800-4-4040 para provincias.

Fuente: rpp.pe