Hasta el miércoles 16 de mayo las empresas tienen plazo para hacer efectivo el primer depósito anual de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores, según lo establecido en la nueva ley N° 29352. El segundo depósito es en noviembre.
De acuerdo con la norma, los trabajadores solo podrán retirar el 70% del excedente de los seis últimos sueldos mensuales brutos depositados en su cuenta CTS, y si el monto no alcanza a lo establecido, no podrán gozar de ese beneficio.
Como se recuerda, para que el trabajador sepa si tiene derecho o no al retiro de su CTS, las empresas deben comunicar a las entidades bancarias el importe de los seis últimos sueldos brutos de cada servidor, en dos fechas durante el año.
El primer vencimiento fue el 30 de abril y al respecto el laboralista Jorge Toyama dijo que los empleadores pueden continuar con ese informe a las entidades financieras pero se hará con mora, ya que fue en tiempo posterior al determinado y además recibirán multas de hasta 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), el cual equivale a S/. 36.500.
“Las empresas podrían ser multadas porque han incurrido en mora y eso genera una sanción que lo determina el Ministerio de Trabajo, en función al número de trabajadores de la empresa. Si no lo informan a los bancos, es lógico que los trabajadores tendrían dificultades para hacer el retiro de su CTS», indicó.
El especialista refirió que tanto para el incumplimiento en la entrega de la información como por no hacer el correspondiente depósito de la CTS, la multa es la misma (S/. 36.500). En este último caso, el empleador tendrá además que pagar los intereses generados.
Agregó que dicha sanción se hará con base en el número de trabajadores de cada empresa y la misma se puede duplicar para aquellas empresas que hayan incurrido en esa falta más de dos veces.
La próxima fecha para que las empresas informen a las entidades bancarias sobre la cuenta de la CTS de sus trabajadores es el 31 de octubre.
CLAVES
Lo que todo trabajador siempre debe buscar es un mayor rendimiento de su cuenta CTS. Recuerde que hay libertad de optar por cualquiera de las entidades del sector bancario. Las Cajas Municipales y las Cajas Rurales también son una opción.
Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, los bancos ofrecen las Tasas de Interés Efectiva Anual (TIEA) en soles, entre 1,73% hasta 9% anual, las Cajas Municipales hasta 12% y las cajas rurales hasta 14.25%. En dólares las tasas pueden llegar hasta 7%.
Fuente: La República.pe