Comienza a romperse la desigualdad en el sector público con ley aprobada en el Congreso que beneficia a unos 70 mil empleados del régimen 728 y a otros 30 mil del sector público. También podrán retirar el excedente de cuatro sueldos.
Actualmente en el sector público la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se recibe de manera desigual, pues en algunos casos (mayoritariamente) se realiza al final del vínculo contractual y salvo raras excepciones de forma semestral (como en el sector privado), mientras que en otros casos (como de los CAS) ni siquiera se recibe este beneficio legal.
Sin embargo, ayer en el Pleno del Congreso se aprobó un proyecto de ley que modifica el artículo 2 del texto sustitutorio único ordenado del decreto legislativo 650, o mejor conocido como la Ley de CTS.
Esta modificación es de aplicación obligatoria para los trabajadores del régimen del Decreto Legislativo 728 y para aquellos que ingresen al nuevo régimen del Servicio Civil, para que la CTS se deposite semestralmente en la institución elegida por el trabajador.
De esta manera, la norma permitirá que al menos unos 70 mil trabajadores del DL 728, así como los otros 30 mil que componen esta masa laboral, reciban cada seis meses el depósito de su CTS y no al término de su vínculo laboral como ocurría con el primer grupo de la 728.
Ricardo Herrera, abogado laboralista, explicó que esta situación se venía dando porque no todos los trabajadores del régimen del DL 728 recibían el mismo tratamiento, dado que aquellos que laboran en entidades dependientes del tesoro público debían esperar hasta el final de su vínculo laboral para recibir su CTS, perdiendo en el camino todos los intereses que se pudieron generar.
Retiro de 4 sueldos
Tal como se recuerda, hoy gran parte de los trabajadores del sector privado (más de dos millones) pueden disponer del excedente de cuatro sueldos acumulados como CTS, a los cuales se les sumarán esta parte de los servidores públicos.
Herrera recordó que actualmente laboran en el Estado más de 500 mil servidores públicos, pero que cada caso varía. Por ejemplo, explica, al trabajador del DL 276 se le paga su CTS al final de la relación laboral, pero sobre la base de la décima parte de su sueldo, dado que gran parte de este es CAFAE.
“Bajo este régimen puede ganar por ejemplo S/. 2 mil al mes, y de su remuneración es el 10%, entonces sobre S/. 200 habría que multiplicar por cada año de servicio para saber lo que le corresponde como CTS. Es decir, no se le considera el íntegro de su sueldo”, anotó.
Recalcó que para el caso de los trabajadores CAS, estos no reciben CTS. Por ello Herrera saludó lo aprobado en el Parlamento, pues considera que es un primer paso para una homologación en el Estado respecto al pago de la CTS.
Trato igualitario
Según el congresista Juan Carlos Eguren, uno de los autores de la iniciativa, tras largos años de lucha e insistencia se ha logrado hacer justicia con miles de trabajadores estatales y se acaba con una suerte de trato discriminatorio, entre los servidores públicos y privados, sujetos al régimen privado, lo cual está prohibido por la Constitución.
Eguren mostró su confianza en que el presidente Ollanta Humala promulgue esta ley “por ser de justicia para los trabajadores del sector público” y no la observe como ocurrió en el gobierno anterior.
El legislador Yonhy Lescano resaltó que la CTS tiene la calidad de beneficio social como previsión de las contingencias que ocasiona el cese en el trabajo, dándole al servidor un colchón financiero mientras consigue otro empleo.
Con opinión favorable del MTPE y la SBS
El dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República que sustenta esta ley tiene la opinión favorable del Ministerio de Trabajo, la Defensoría del Pueblo y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Sin embargo, el Ministerio de Economía y Finanzas y la Autoridad Nacional de Servicio Civil (Servir) opinaron en contra de la iniciativa legislativa.
Debe indicarse que las disposiciones complementarias finales del proyecto precisan que debe derogarse o dejarse sin efecto las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
Tras la aprobación en el Pleno del Parlamento Nacional, con 74 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, ahora el proyecto será enviado como Autógrafa de Ley al presidente Ollanta Humala, para que este promulgue u observe esta iniciativa multipartidaria.
Fuente: La República.pe