La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizó este miércoles en sus oficinas descentralizadas los sorteos de los miembros de mesa para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, que se desarrollarán el 26 de enero de 2020.
Más de 24.7 millones de peruanos están convocados a las urnas para este 26 de enero a fin de elegir a los 130 miembros del parlamento en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 los peruanos elegirán. Este proceso se realiza tras la disolución del anterior Congreso dispuesto por el presidente Martín Vizcarra el pasado 30 de setiembre.
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Otros medios para conocer si eres miembro de mesa
La ONPE publicará en el Diario Oficial El Peruano o en el medio de mayor circulación, por una sola vez, separatas especiales con la lista de los miembros de mesa. En caso de que en algunas ciudades de las regiones del país no se editen periódicos, la publicación se hará por carteles que estarán fijados en edificios públicos (hospitales, colegios, entre otros) y en los lugares más frecuentados.
¿Quiénes no pueden ser miembros de mesa?
Cabe señalar que la Ley Orgánica de Elecciones – Ley N° 26856 – Artículo 57 detalla que no pueden ser miembros de mesa aquellas personas que sean:
– Candidatos y personeros de los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas.
– Los funcionarios y empleados de los organismos que conforman el sistema electoral peruano.
– Las autoridades políticas y los miembros de los concejos municipales.
– Los ciudadanos que integren los comités directivos de los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas inscritos en el Jurado Nacional de Elecciones.
– Los funcionarios de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral.
– Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.
– Los electores temporalmente ausentes de la República, de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
De incumplir alguno de los puntos detallados anteriormente, el ciudadano podrá presentar una tacha, el cual es un recurso que interponen las personas contra la designación de determinados electores que han sido sorteados como miembros de mesa por impedimentos establecidos en la Ley N° 26856 – Artículo 57.
Para presentar una tacha necesitas: enviar una solicitud dirigida al presidente del Jurado Electoral Especial con tu copia del DNI y un documento probatorio.
Multas si no cumples tu rol como miembro de mesa –
Los miembros de mesa, titulares y suplentes que no cumplan con su deber cívico electoral recibirán una multa única de S/210.
El mismo monto se aplicará a los electores que se nieguen a integrar las mesas de sufragio en reemplazo de los miembros de mesa ausentes.
Si un miembro de mesa, titular o suplente, no acude a cumplir su deber cívico y tampoco sufraga en las Elecciones 2020 se le impondrá la multa de S/210 y la que le corresponde en función a la clasificación del lugar donde reside.