RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0600-2011-ED
Lima, 2 de diciembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el inciso h) del artículo 67 del Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2005-ED, prevé que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal;
Que, conforme a la Ley N° 28988, la Educación Básica Regular es un servicio público esencial, como tal es política del Ministerio de Educación garantizar el desarrollo de las actividades educativas con la participación de los docentes en las Instituciones Educativas Públicas;
Que, en el marco de la Movilización Nacional por el primer día de clases 2012 se requiere que las instituciones educativas cuenten oportunamente con los docentes calificados, sus materiales educativos y aulas en buen estado, que garantice a todos los alumnos una gestión educativa descentralizada con calidad, pertinencia e inclusión;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1174-91-ED, se aprueba el Reglamento de Reasignaciones y Permutas para el Profesorado del Ministerio de Educación, ampliado en sus alcances por las Resoluciones Ministeriales N°s 0679-2003-ED y 0145-2007-ED;
Que, de acuerdo al artículo 47 del Reglamento de Reasignaciones, anualmente se efectúan hasta ocho (08) procesos de adjudicación, los cuales generan desplazamientos permanentes de profesores durante un mismo periodo lectivo o ciclo promocional, en perjuicio de los estudiantes;
Estando a lo propuesto, opinado y visado por la Unidad de Personal, Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, Oficina de Asesoría Jurídica, Secretaría General y los Vice ministerios de Gestión Pedagógica e Institucional, respectivamente;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluido el proceso de reasignación de personal docente de Educación Básica y Educación Técnico Productiva correspondiente al año 2011.
Artículo 2.- Disponer por excepción, que el proceso de reasignación por interés personal y unidad familiar de personal docente nombrado de Educación Básica y Educación Técnico Productivo para el año 2012, se realice a nivel nacional únicamente en dos (02) procesos de adjudicación, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Recepción de expedientes hasta el 15 de diciembre del año 2011.
b) Publicación de plazas vacantes el 15 de diciembre del 2011.
c) Evaluación de expedientes a cargo del Comité de Evaluación del 16 de diciembre del 2011 al 06 de enero del 2012.
d) Publicación del Cuadro de Méritos el 09 de enero del 2012.
e) Primera Adjudicación de plazas docentes del 10 al 13 de enero del 2012, conforme al orden de precedencia del Cuadro de Méritos, con vigencia a partir del 01 de marzo del 2012.
f) Publicación de plazas vacantes el 28 de setiembre del 2012.
g) Segunda Adjudicación, docentes del cuadro de méritos no adjudicados en el primer proceso de adjudicación, del 01 al 05 de octubre del 2012, con vigencia a partir del 1° de marzo del 2013.
Los demás aspectos del proceso de reasignación se desarrollan considerando las disposiciones establecidas en el Reglamento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación
POR FAVOR DESEO SABER SI LOS DE LA CARRERA PUBLICA QUE NOS NOMBRAMOS EL 2008 TENEMOS DERECHO A SER REASIGNADOS POR FAVOR ESPECIFIQUE SEÑORA MINISTRA NOS NEGARON ESE DERECHO EL 2011 Y ESTAMOS TRABAJANDO CON LA LEY DE LA CPM QUE ES INCONGRUENTE Y NOS MARGINAN TENEMOS TODOS LOS MISMOS DERECHOS SIN NINGUNA DISCRIMINACION PORQUE SE VIOLAN NUESTROS DERECHOS. RESPONDA POR FAVOR
POR FAVOR SEÑORA MINISTRA, ESCLAREZCA SI LA RM Nº 0600-2011-ED TIENE SU ALCANCE A LOS DOCENTES NOMBRADOS EN LA CARRERA PUBLIOCA MAGISTERIAL, DE NO SER ASÍ NO VEMOS DISCRIMINADOS Y RECORTADOS EN NUESTROS DERECHOS COMO CUALQUIERR SERVIDOR DEL ESTADO, PUESTO QUE EL ESTADO ESTA PARA DEFENDER A TODOS LOS CIUDADANOS SIN DISCRIMINACIÓN Y FAVORETISMO ALGUNO.
POR FAVOR NECESITO SABER CUALES SON LOS REQUISITOS PARA LA RESIGNACION 2012.
ESPERO SU RESPUESTA-
tambien pueden postular los auxiliares de educacion a la reasigancion?
por favor necesito saber el contenido de la R.M. 0145-2007-ED al que se refiere el 5º considerando de la RM Nº 0600-2011-ed, se lo agadesco publicarlo.
Distinguida Sra. Ministra. Mi preocupaciòn es ¿Còmo seràn las reasignaciones en I.E.que pertenecen a las municipalidades? En estos casos no hay claridad en las normas. Lo disponen las UGEL o el ministerio?Pido a su despacho la soluciòn a este impase que vulnera nuestros derechos. Y por el tiempo. Gracias
SRA. MINISTRA SI SU GOBIERNO ES DE INCLUSION SOCIAL PORQUE NOS EXCLUYEN A LOS DOCENTES DE LA CARRERA PUBLICA MAGISTARIAL EN LAS REASIGNACIONES 2012? POR QUÉ TANTO MALTRATO SRA. MINISTRA. ESPERO SU RESPUESTA
SRA MINISTRA Y QUE FUE DE LAS REASIGNACIONESPOR SALUD…LAS DEJARON DE LADO SIENDO UNA PRIORIDAD Y ESTAS REASIGNACIONES TAMBIEN SERÁN PARA LOS DE LA CPM O NOS EXCLUYEN DE NUEVO..URGE SU PRONUNCIAMIENTO
SRA MINISTRA POR FAVOR QUISIERA SABER SI LAS AUXILIARES DE EDUCACIÓN TAMBIEN ESTAMOS INCLUIDAS EN EL PRESENTE PROCESO DE REASIGNACION YA QUE LA COMISION ME DIO POR IMPROCEDENTE PORQUE DICE QUE SOLO ES PARA DOCENTES Y TENGO ENTENDIDO QUE NOSOTROS TENEMOS LAS MISMAS LEYES QUE LOS DOCENTES…
por favor necesito saber,¿es viable?que en una plaza de cese dada el 2011 , y que este año 2012 fue puesta como plaza para contrata, la cual fue cubierta por orden de merito según resolucion desde marzo hasta diciembre ,y ahora en mes de mayo del 2012 llega una docente con resolución de reasignacion por salud de la region huancavelica a la reg Junin para desplazar a la contratada.NO SE COMO SE DIO SI EXISTEN NORMAS PARA REASIGNACION
éstas leyes están demás porque no se respetan y las UGEL hacen lo q quieren ;en Chepén a los directores nombrados y q han salido por problemas en su institución los reasignan en cualquier época dl año a otra institución originando protestas d PP.FF y docentes en los colegios donde son reasignados al final salen limpios d polvo y paja…y reasignarlos antes q un castigo s un premio ¿es esto correcto?
asdasdas
Sra ministra habra reasignaciones este año 2012 ¿ cuando seran, y cuales son los requisitos para postular ? el suscrito cuenta con 10 años de antiguedad laborando en la sierra y tengo hijos pequeños que atender en mi ciudad de origen.muchas gracias por absolver mi consulta, espero su respuesta
Por favor que se publique las plazas vcantes para reasignación de docentes y auxiliares de loa UGEL 02 Lima para el 2013 ,no esta cumpliendo con el cronograma establecido de la ministra de Educación que pasa ,porque no ser transparentes .