El Gobierno declaró jornada no laborable, a escala nacional, para los trabajadores del sector público entre las 16:00 y 23:59 horas del martes 10, según un Decreto Supremo Nº 018-2017-TR publicado en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La decisión gubernamental tiene como objetivo facilitar la implementación de las medidas de seguridad establecidas para el encuentro de fútbol entre el Perú y Colombia que se juega este martes 10, a partir de las 18:30 horas, en el Estadio Nacional, por las Clasificatorias al Mundial Rusia 2018.
Compensación laboral. La disposición señala que las horas dejadas de laborar por los servidores estatales se compensarán en la semana posterior o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus propias necesidades.
La recuperación de horas se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso, el tiempo de trabajo que comprende la recuperación de horas podrá ser mayor al periodo dejado de laborar.
¿Y el sector privado? El decreto indica también que, sin perjuicio de lo establecido anteriormente, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad la provisión de los servicios que resulten indispensables.
Los centros del trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el decreto supremo, previo acuerdo entre el empleador y su personal, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de trabajar. A falta del acuerdo decidirá el empleador.