El Congreso de la República, mediante Ley N° 30002 estableció las características de la remuneración Integra Mensual (RIM) a la que hace referencia la Ley 29944 – Ley de Reforma Magisterial y establece otras disposiciones.
De esta forma, en la Ley publicada en el diario Oficial El Peruano, el pasado 15 de marzo, se determinó que durante el Año Fiscal 2013 el 65% de la Remuneración Integra Mensual (RIM) correspondiente a cada escala magisterial, a la que hace referencia el artículo 57 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, está afecta a cargas sociales y es de naturaleza pensionable.
Asimismo se establecieron algunas disposiciones complementarias para financiar el costo diferencial de la implementación de la RIM, autorizando al Ministerio de Educación para que, mediante decreto supremo, refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Educación, dentro de los 30 días hábiles de publicada la presente Ley, se realice una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a favor de los gobiernos regionales, hasta la suma de 50 millones de nuevos soles.
Fuente: MINEDU