En una nota periodística publicada hoy por la Agencia Católica de Informaciones — ACI Prensa, se amplía el tema referido al diferendo entre el Vaticano y la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). La agencia cita a “otras fuentes consultadas” y publica “que la PUCP ‘siempre ha sido de la Iglesia’ y que si la universidad no responde hasta el plazo establecido (8 de abril), ‘a las 00 horas del 9 abril dejará de ser católica y pontificia’”.
Ciertamente, y aunque no ha habido información oficial al respecto desde ninguno de los dos lados, esa podría ser una de las consecuencias en caso de que la casa de estudios se niegue a adecuar a su reglamento interno a la Constitución Apostólica Ex Corde Ecclesiae para mantener su condición de católica.
Sin embargo, otro documento del derecho canónico a tomar en cuenta es el Código de Derecho Canónico, que incluye un apartado sobre universidades católicas y otros institutos católicos de estudios superiores. Si bien el Ex Corde Ecclesiae es la constitución apostólica sobre las universidades católicas, esta norma surge del referido código, del cual constituye “un desarrollo ulterior”. Ambos documentos fueron promulgados por el difunto Sumo Pontífice, Juan Pablo II.
En tal sentido, el Código de Derecho Canónico señala que ninguna universidad, aunque sea católica de hecho, podrá usar este título sin el consentimiento de la Iglesia. Con lo cual, es el Vaticano la autoridad única para nombrar a una casa de estudios como “católica”.
También se indica que las Conferencias Episcopales deben procurar que “con respeto de su autonomía científica” se investiguen y enseñen disciplinas “de acuerdo con la doctrina católica” en estas universidades.
Los profesores que dicten ahí deben “destacar” por la rectitud de su “doctrina e integridad de vida” y quienes no cumplan con ello deben ser “removidos de su cargo” por la “autoridad competente según los estatutos” de la casa estudios.
También se menciona que en las universidades católicas debe existir una cátedra de Teología, también para estudiantes laicos. Asimismo, deben impartirse clases en que se traten cuestiones teológicas en conexión con materias propias de las facultades. En ambos casos, los profesores deben contar con “mandato de la autoridad eclesiástica competente”. En la PUCP, existe un departamento de Teología y se dictan cursos sobre el tema en relación con otras disciplinas en estudios generales y en otras facultades.
El código también exige que en la universidad exista una parroquia para procurar una cura pastoral para los estudiantes. De hecho, en la PUCP hay una capilla y existe el Centro de Asesoría Pastoral Universitaria (CAPU), donde se realizan una serie de actividades extracurriculares sobre los linderos de la fe católica.
Fuente: El Comercio.pe