El jefe de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana (DRELM), Marco Tupayachi, informó que ningún colegio público podrá tener dentro de sus instalaciones quioscos de venta de uniformes, tal como ocurrió hasta el año pasado.
El funcionario dijo que, de acuerdo a la normatividad vigente, ese tipo de comercio será totalmente erradicado de las instituciones educativas estatales, ya que no está contemplado dentro de los rubros permitidos para que los colegios se agencien de sus propios recursos.
“Lo que sí pueden hacer para lograr recursos propios es alquilar las canchas deportivas de su institución, prestar servicio de cochera por las noches o hacer una kermés, siempre que esto no afecte el normal desarrollo de las clases”, expresó a la agencia Andina.
Por su parte, los colegios privados tienen la obligación de alcanzar a los padres de familia un informe de las condiciones económicas del servicio para el presente año escolar, es decir, en un documento deberán explicarles cuánto costará la pensión, en qué fecha se pagará, si habrá o no aumento de la mensualidad en el año.
Dicho documento deberá ser firmado por el padre de familia en señal de conformidad, pues en caso contrario no podrá aplicarse, a decir del funcionario.
Recordó que el año pasado se aprobó que ningún colegio privado puede hacer cobros por adelantado ni tampoco establecer matrículas más caras que las pensiones.
“No se puede exigir a los padres el pago adelantado de matrículas en diciembre como condición para que el colegio no les aumente el monto a cobrar. Eso es una falta muy grave que debe ser denunciada”, recalcó.
El titular de la DRELM recordó que está completamente prohibido que se obligue al alumno a llevar el uniforme y los útiles completos para comenzar a estudiar o que se exija comprar a un proveedor específico.
“El colegio está en la obligación de proporcionarle al padre de familia el logo institucional para que, si este quiere, mande a confeccionar el uniforme al lugar de su preferencia”, indicó.
El funcionario recordó que este año el ingreso de los alumnos, ya sea a una institución privada o pública, no puede estar sujeto a evaluaciones. “Si hay alguna desigualdad en el aprendizaje, la escuela debe ayudar a resolverla porque esa es su función: recibir al niño y no excluirlo”, enfatizó.
SANCIONES ECONÓMICAS
Tupayachi advirtió que las infracciones leves son castigadas con multas de S/.37,000 (10 UIT), mientras que las graves son sancionadas hasta con S/.185 mil (50 UIT).
En el caso de las muy graves, la normatividad actual contempla multas de hasta S/.370,000 (100 UIT). “Si la falta es reiterada podemos llegar a la clausura temporal o definitiva del plantel”, sentenció