Los choferes de movilidad escolar también pueden ser sancionados con esa multa.
Los choferes de transporte público que se nieguen a recoger y trasladar a escolares pueden ser sancionados con una multa de 296 nuevos soles por constituir una infracción grave, informó la División de Control de Tránsito de la Policía Nacional.
El coronel PNP Dino Escudero, jefe de la citada dependencia policial, precisó que si bien en el reglamento de tránsito no hay una sanción específica que diga que el recoger escolares está sujeto a una multa, la infracción G57 les otorga dicha potestad.
Esa infracción señala que: «No respetar las señales que rigen el tránsito, cuyo incumplimiento no se encuentre tipificado en otra infracción tiene una sanción de 296 nuevos soles».
Movilidad escolar
Por otro lado, el jefe policial indicó que los conductores de movilidades escolares también pueden ser sancionados al igual que sus colegas de transporte público, por lo que les recomendó cumplir con las normas de tránsito.
A modo de ejemplo, dijo que por trasladar a un mayor número de escolares sobrepasando su límite de capacidad, las movilidades escolares pueden ser sancionadas con 296 nuevos soles. La infracción G13 es considerada grave.
«Las movilidades escolares, al igual que cualquier otro vehículo de transporte público, también están sujetas al control de la autoridad policial y ser sancionadas, de ser el caso, por cometer infracciones como no tener el SOAT o trasladar a los escolares sin los cinturones de seguridad, entre otros», dijo.
Fuente: Andina