Tras el aumento de la remuneración mínima vital (RMV) de S/.600 a S/.675 dispuesto por el Gobierno, las empresas deberán recalcular el sueldo de sus empleados a partir del día en que entró en vigencia el nuevo régimen, es decir desde el lunes 15 de agosto.
Así lo consideró el abogado laboralista Orlando de las Casas, quien reconoció que el decreto mediante el cual el Ejecutivo hizo oficial el aumento ofrecido por el presidente Ollanta Humala ha generado confusión tanto en empleadores como en trabajadores.
“La norma fue publicada el domingo 14 de agosto, con lo cual entra en vigencia a partir del día 15. Entonces muchos se preguntan si los que cobran efectivamente el sueldo mínimo percibirán S/.600 por todo el mes o si es que la empresa recalculará el sueldo a partir de la vigencia del decreto”
De Las Casas dijo que es partidario de recalcular el sueldo mínimo: los 14 primeros días deben ser pagados en función a los S/.600 que estaban vigentes en esa fecha y los días restantes según el nuevo régimen de S/.675. “Los trabajadores no recibirían S/.675 sino un monto menor porque en los primeros 14 días estaba vigente el régimen antiguo”, explicó.
El abogado señaló que el decreto del Ministerio de Trabajo que hizo oficial el aumento de la RMV no dio una fórmula específica para definir qué monto percibirá el empleado al final de este mes.
Fuente: El comercio.pe.