Indicadores de la corrupción en la educación pública peruana

La corrupción es uno de los principales problemas de la Educación Pública en nuestro país y se da en todos los organismos y niveles de este sector y participan de ella todos los agentes educativos. Los costos generados por la misma son muy altos para los estudiantes y el estado y origina el descrédito de cualquier gobierno, afrontarla sin temor es un deber ético de todo gobernante.
Corrupta es la persona que utilizando el cargo público obtiene para sí o para otros beneficios personales que no merece y en la educación se presenta cuando el servidor público: acepta o pide soborno, utiliza indebidamente los recursos públicos, hace apropiación ilícita de los bienes de la institución y cuando realiza nepotismo y apadrinamiento político. Recordemos como son los actos de corrupción en los siguientes niveles:

1.-Ministerio de Educación:

• Cuando intencionalmente las licitaciones, adjudicaciones o concursos se elaboran con directivas poco claras. Permitiendo que existan varias interpretaciones para que sea un solo funcionario el que posea la discrecionalidad.
• Cuando se nombran funcionarios de confianza sin ninguna experiencia educativa, en una Dirección Nacional, Programa Nacional o Proyecto Nacional en la cual se van a desempeñar, en vez de hacerlo por concurso público. Salen al escenario los grupos de elite del máximo funcionario del sector, estos grupos privilegiados exigen recompensas o negocios compartidos.
• Cuando se desconoce a los representantes del Colegio de Profesores del Perú. No se permite escuchar la opinión técnica del máximo representante de los profesionales sobre los problemas de la educación y no se permite su participación para mejorar la calidad de nuestra educación.
• Cuando no se fiscalizan los centros de educación superior y no se les cierra inmediatamente. Se muestra debilidad, falta de liderazgo y se participa de la estafa a los miles de jóvenes.
• Cuando llegan tarde a las escuelas los libros y cuadernos de trabajo y los padres de familia se ven obligados a comprar textos. Se favorecen a las empresas editoriales y a los malos maestros que ganan comisiones por pedir estos textos.
• Cuando no se supervisan las capacitaciones que se realizan en Huampaní y los maestros regresan decepcionados por la mala calidad del evento. Se tiene consultores y técnicos mediocres que deben ser retirados del sector inmediatamente.
• Cuando la librería del ministerio de educación no atiende a los maestros y no vende las publicaciones del sector. Los maestros no se pueden informar, autocapacitarse y mejorar la calidad del servicio que brindan.
• Cuando el portal de transparencia del Ministerio no contiene todas las normas legales y directivas del ministerio para conocimiento de los maestros y padres de familia, origina que estos no participen y menos fiscalicen las labores encomendadas.
• Cuando no se otorga los desayunos escolares ofrecidos a los niños. Se comete un delito con los más pobres , se mantiene la desnutrición y se alienta el analfabetismo.
• Cuando no se convocan a concurso publico los cargos de Directores Regionales de Educación por mandato de la ley en coordinación con los gobiernos regionales. Se apoya la desobediencia de la ley y se colocan en esos puestos al círculo de poder y se ejerce presión sindical o política sobre ellos cometiendo fácilmente actos de corrupción.
• Cuando se tiene miedo de evaluar a los docentes y retirar a los deficientes. Se mantiene la educación en sus niveles de baja calidad.
• Cuando se utilizan los recursos del SUBCAFAE, para polladas y fiestas. Se malversan los recursos de todos los docentes y no se atienden las necesidades de los más necesitados.
• Cuando no se paga a los administrativos deudas de aumentos legítimos .Se incumple las leyes laborales.

2.-Direcciones Regionales de Educación y Ugel:

• Cuando no se convocan a concurso publico las plazas de Directores de Ugel. Se viola la ley y son directores sumisos al poder político y sindical
• Cuando no se evalúan las gestiones de los directores de Ugel. Se mantiene a los mediocres e incapaces y se daña la educación.
• Cuando se autorizan el funcionamiento de instituciones educativas que no cumplen con los requisitos de ley. Se apoya la mala calidad de la educación.
• Cuando se adquieren bienes y servicios sobrevalorados. Se comete corrupción.
• Cuando no se elabora el proyecto educativo regional o local Se trabaja sin un plan y sin un horizonte y no se toman en cuenta el contexto social, económico y político de cada región o localidad.
• Cuando no se paga a los contratados. Se incentiva la corrupción.
• Cuando no se tramitan a tiempo los expedientes .Luego se pide soborno.
• Cuando no se fiscaliza la infraestructura física de un colegio. Se es negligente.
• Cundo se acepta la presión del SUTEP .Se es corrupto.
• Cuando se nombra, reasigna, permuta indebidamente. Se comete un delito de corrupción.

3.-Dirección de las Instituciones Educativas:


• Cuando no se publica las pecosas. La comunidad educativa no sabe que bienes ingresan al colegio.
• Cuando no se publica los ingresos y egresos por recursos propios. Se oculta algo y se origina el descrédito.
• Cuando no se supervisa la labor docente en el aula. No se corrigen las debilidades de los maestros.
• Cuando no se comunican las decisiones. Los subordinados no saben que hacer y no hacen nada.
• Cuando se llevan a casa lapiceros y papel del colegio. Se apropian de lago que no les pertenece (hurto)
• Cuando se contrata personal indebitamente. Se incumple la ley
• Cuando se niega la matricula .Se daña el futuro del Perú.

4.-Maestros:

• Cuando no se prepara la clase. Se enseña mal
• Cuando se llega tarde y se falta . No se recupera la clase perdida.
• Cuando se pide soborno por la nota. Se es corrupto.
• Cuando se acosa sexualmente .Se es un delincuente
• Cuando se utiliza el mismo examen todos los años. Se evalúa mal.
• Cuando no se autocapacita. Se es mediocre.
• Cuando se trabaja sin planes y programas curriculares adecuados al contexto social. Se educa sin objetivos válidos.

Las causas de la corrupción en la educación pública del Perú responden a múltiples factores que están muy vinculados a patrones culturales, leyes poco claras y que no se cumplen, incapacidad de los directores para resolver sus problemas de gestión, falta de fiscalización de los procesos administrativos y pedagógicos, debilidad ante las amenazas de dirigentes sindicales corruptos, bajos sueldos de los directivos y profesores, escasa formación ética, etc.
Sin embargo hay indudablemente niveles donde la corrupción no se ha llegado a todos y solo hay hechos aislados. Lo que preocupa y esta es la razón del presente documento, es la corrupción sistemática, es decir planificada al milímetro porque es generalizada y se presenta especialmente en las UGEL de Lima Metropolitana, donde se presentan patrones ascendentes de corrupción en nombramientos, contratos, reasignaciones, procesos administrativos, compras de bienes, etc.
Hemos visto por lo tanto como la corrupción se da en todos los niveles del sistema educativo público, causando indignación en los padres de familia y docentes y creando un clima de desconfianza hacia los funcionarios públicos. Con justificada razón la comunidad educativa se aleja de la escuela y no la apoya. Nuestro compromiso con la educación pública, es mucho mayor que nuestras simpatías políticas, razón por la cual nuestro primer deber debe ser apoyar la lucha contra la corrupción.

«Indicadores de la corrupción en la educación pública peruana» aparece publicado en el foro virtual de la Universidad Nacional Federico Villarreal de Lima Perú. El mismo que pertenece al Lic. Raúl Chirinos Ponce, quien es Presidente del Instituto para el desarrollo de la educación pública PROEDUCA.

 

7 thoughts on “Indicadores de la corrupción en la educación pública peruana

  1. QUINTO CASO
    TIENE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD y ejerce como DIRECTOR DE UGEL desde hace mas de 03 años

    El Lic. Germán Leónidas Pacheco Cruzado tiene una sentencia de 03 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA Impuesta por el 9veno Juzgado Especializado Penal de Lima POR EL DELITO CONTRA EL CUERPO LA VIDA Y LA SALUD-LESIONES GRAVES EN AGRAVIO de Zenobio Saturnino Pérez Espinoza, según el Exp nº 478-2006 que corre en este Juzgado.
    Extrañamente el referido sentenciado, ejerce funciones como DIRECTOR DE la UGEL 02 hasta hoy 10 de agosto del 2011, situación legal que viene investigando la OCI del Ministerio de Educación.
    (Exp. Nº 0127170 del 02 /06/ 2011 presentado en el MINEDU
    Oficio Nº 142-de fecha 15/03/ 2011-ME/OCI)

  2. Tercer caso
    Ugel 02 encubre 160 horas de inasistencias injustificadas e íntegramente pagadas a 06 Prof. de I.E. José Granda

    Durante el año 2008 conspicuos dirigentes del Sutep (6) Profesores adeptos al director acostumbrados a insistir y llegar tarde a sus labores docentes , y recibir sus remuneraciones de , manera íntegra sin sanción administrativa de ningún tipo y que como producto de esta situación generaban indisciplina en los alumnos y reclamo de los padres y exigía mayor esfuerzo a mi persona ; decido acumular todos los informes presentados en la mesa de partes de la I.E. José Granda durante el 2008 y presentar todas las IRREGULARIDADES, inasistencias, tardanzas y evasiones directamente a la mesa de partes del Ministerio de Educación;
    La Ugel 02 apertura proceso administrativo a 06 docentes
    Por acumular más de 160 HORAS EN TARDANZAS E INASISTENCIAS,
    (RD N° 1040-2010- 12-02-2010)
    Lo incomprensible de todo se presenta cuando la Ugel 02 una semana antes de fin de año 2010, emite una Resolución donde ABSULEVEN a todos los docentes y al Director de TODOS los cargos. Ósea nadie es responsable de las 160 horas que nunca se desarrollaron por tardanzas e inasistencias y que fueron pagadas íntegramente, porque simplemente…LA IMPUNIDAD EXISTE
    (RD Ugel 02 Nº 6707 del 22-12-2010)
    Entonces formulo denuncia contra la Ugel 02 por rehusamiento a investigar en merito a lo dispuesto en D.S. Nº 015 sobre las funciones y deberes de la DRELM y de las Ugel y por encubrimiento de IRREGULARIDADES a favor del Director (e) la I.E. José Granda, Raúl Alcántara Ricse , y los Prof. Jiménez Tuesta E., Sandoval Álvaro A. , Mollo Espinoza E. Meléndez Galindo Laureano, Pomajambo Borja Juana, Sudario Ramos María por no informar sobre las 160 horas no laboradas y pagadas íntegramente a estos docentes ,solo en el 1er semestre del 2008.
    Faltas y trasgresiones plenamente demostradas y contrastadas que las autoridades de la Ugel 02 a decidido obviar :
    Exp Nº 032654 de fecha 22/06/2011 presentados en la DRELM
    Oficio Nº 143- de fecha 11/03/2011-MED/OCI
    Exp Nº 13049 de 03/03/2011 en la Ugel 02
    Exp Nº 14284 del 15/03/2011 en la Ugel 02
    Exp Nº 47899 del 10 /03/2011 en MINEDU
    EXP Nº 25136 DEL 11/06/2010 en la UGEL 02
    EXP Nº 027269 de 24/03/2010 En MINEDU
    Las autoridades de la Ugel 02 hacen caso omiso a la Comisión de Educación del Congreso de la República que amparado en la no OBLIGATORIEDAD de responder, hasta la fecha no responden al pedido formulado por esta comisión legislativa.
    Exp Nº 037906 del 13/04/2011 presentado al Congreso de la República
    Oficio Nº 996-CECTCPCJD-CR-2009-2010 recepcionada en la Ugel 02 con Exp. Nº 10950 el 03/03/2010

    Así mismo a pesar que oportunamente se presento denuncia por incumplimiento de la jornada pedagógica de los docentes de la I.E. José Granda; las autoridades de la Ugel 02 se niegan a investigar a los docentes de de la I.E. José Granda, pues confían en su inputabilidad y el respaldo mde las autoridades de la Ugel 02 para cubrir sus tardanzas e inasistencias como en este caso las personas de Prof. Airaldi Lozano Casimiro; Talavera Elguera Luz; Gavidia Melgarejo Elsa; León Rodríguez Néstor; Portillo Ríos Isabel Gladis y Ramírez Martínez Fernando. Quienes también acumulan tardanzas e inasistencias en el año 2008 y que las autoridades de la Ugel 02, reitero se niegan a investigar por temor a las represalias vinculantes con la podrida dirigencia del SUTEP, sin respuesta hasta la fecha.
    Exp 027269 del 24/05/2010 en MINEDU
    Exp 25136 del 11/06/2010 En la UGEL 02

  3. SEGUNDO CASO
    Autoridades de la Ugel 02 y Director de la I.E. José Granda encubren tocamiento a menor

    El segundo semestre del 2009, una alumna de 11 años de la I.E. José Granda, DENUNCIA que su profesor, le TOCA SU CUERPO Y LE HACE PROPUESTAS INDEBIDAS, motivo por el que presente informe; la alumna indica que el Director (e) Raúl Alcántara R. conocía de estos hechos, hace un mes atrás.
    (Ver Exp 2011 de 18 -08- 2009 en el I.E. José Granda)
    La Ugel 02, amparado en una extraña maniobra, dispone que pase a su disposición; al llegar, me percato que la I.E. José Granda NO HABIA TRAMITADO el informe sobre los tocamientos a la menor , entonces decido informar a la CADER lo que se había suscitado en la I.E sobre el TOCAMIENTO a la menor, que al parecer se había creado una situación de agresión psicológica para retirarme de esta institución.
    (Exp. N° 040443 del 28 /09/2009 presentado en la Ugel 02 y
    Exp. N° 040573 del 29/09-2009 presentado en la Ugel 02)
    El colmo del encubrimiento de TOCAMIENTO A LA MENOR se presenta cuando EL DIRECTOR de la Ugel Nº 02, Germán Leónidas Pacheco Cruzado resuelve archivar el caso sobre los tocamientos a la menor
    (RD Nº 4761-2010)
    El año 2011 y en merito a una denuncia, el Órgano de Control Institucional del Ministerio de Educación envía a la DRELM, 03 errores y/o observaciones encontradas en el procedimiento de las investigaciones efectuadas por las autoridades de la CADER de la Ugel 02 con respecto a la denuncia de demora en el tratamiento de TOCAMIENTO INDEBIDO A LA MENOR
    Oficio Nº 293-2011-ME/OCI ingresado a la DRELM con Exp Nº 024519 del 11 -05-2011
    En merito a una denuncia formulada ante la DRELM se da cuenta que las autoridades de la Ugel 02 se rehúsan investigar acuciosamente al Prof. Raúl Alcántara Ricse Ex director de la I.E. José Granda quien rehusó y/o demoro en el caso de tocamiento a menor por parte del profesor de aula.
    A pesar de ello las autoridades de la Ugel 02 se rehúsan responder a la solicitud de respuesta documentada de lo actuado.
    (Exp. Nº 25272 del 06-06-2011 presentado en la Ugel 02
    Oficio Nº 143-2011-MED/OCI ingreso con Exp Nº 14284 15/03/2011 a la Ugel 02
    Exp. Nº 031591 16-06-2011 presentado en la DRELM)

  4. PRIMER CASO
    Autoridades de la Ugel 02 encubren a docente de la I.E. José Granda que exponen al peligro a estudiantes al dejarlos salir a la calle durante jornada escolar sin autorización del titular

    En la I.E. José Granda de San Martin de Porras por informar a la Dirección que una Profesora tenía el habito pernicioso de “sacar” a los alumnos sin autorización a la calle exponiéndolos al peligro, durante la jornada escolar, fui denunciado por “rompimiento de relaciones laborales “por el SUTEP-José Granda
    (ver Exp N° 03444 del 13-12-2007.)
    Gracias a los perniciosos contactos de esta docente con el dirigente del SUTEP enquistado en la CPPA de la Ugel 02 y a sus famélicos integrantes; me abren proceso administrativo
    (RD N°4071-de fecha 10-09-2009).
    Dos meses después, me sancionan con TRES MESES DE DE SUSPENSION EN MIS FUNCIONES SIN PAGO DE REMUNERACIONES.
    (RD N° 8617 del 18 -12- 2009)
    En los plazos previstos interpuse recurso de apelación contra la referida resolución ante la Ugel 02
    (Exp nº 03993 del 26 de enero del 2010)
    En vista de la omisión en resolver mi recurso de apelación por parte de la DRELM (05 meses) interpuse silencio administrativo y solicite RECURSO DE REVISION
    (Exp 037834- de 21 de julio del 2010)
    El Director de la DRELM eleva mi recurso al Tribunal de Servicio Civil SERVIR varios meses después de vencidos los plazos para pronunciarse
    (Oficio Nº 3688-2010-DRELM el 18-08-2010)
    La 2da sala del Tribunal de Servicio Civil SERVIR, me informa que mi recurso ha sido admitido (10 meses después )
    (Oficio Nº 13688-2011-SERVIR/TSC el 21-06-2011)

  5. Cuarto caso
    Director (e) de I.E. José Granda arma patraña y sancionan a docente denunciante
    Como parte de este tinglado de situaciones, a parecen los padres de familia “amigos del profesor-Director me denuncian por supuesto maltrato psicológico contra uno de mis mejores alumnos y piden urgente cambio de colegio, las autoridades de la Ugel 02 disponen trasladarme a sus oficinas para brindar apoyo en la oficina de personal.
    (27 de setiembre 2009)
    Aquí viene lo inadmisible…la Ugel 02, me abre proceso y me sanciona con SEIS MESES de separación temporal en mis funciones por supuesto maltrato psicológico, con falacias y sin fundamentos facticos ni legales , cometiendo el descaro de incluir en este documento, mi expediente de denuncia por tardanzas e inasistencia contra algunos profesores de esta casa de estudios
    Exp N°01866 de 10-02-2010
    (RD N° 031 -2011).
    Entonces el 25 de febrero del 2011, amparado en lo que dispone la Ley Nº 27444 LPAG interpongo recurso de apelación en la mesa de partes de la Ugel 02, para que en los plazos de ley se eleve y revise mi recurso en la instancia superior.
    (Exp Nº 11238 del 25-02-2011)
    Resulta que han transcurrido más del tiempo establecido (04 MESES) y las autoridades de la Ugel 02 no han tramitado mi recurso de APELACION por lo que acudí en denuncia ante el Ministerio de Educación y ante el Tribunal de Servicio Civil SERVIR:
    (Exp Nº 0150759 del 18-07-2011 ante MINEDU
    EXP Nº 34451 del 27/05/2011 presentado ante la Autoridad Nacional de Servicio Civil)

  6. Sexto caso
    AUTORIDADES DE LA UGEL 02 SE REHUSAN FACILITAR DERECHO A LA INFORMACION PUBLICA

    Las autoridades de la UGEL 02 resuelve ARCHIVAR una denuncia negándose a entregar información en merito a la ley de acceso a la información Publica relativos a documentos que me incriminan por los que requiero copia o lectura de documentos presuntamente presentados en forma fraudulenta.
    Una de las excusas de las autoridades es que el suscrito se niega a pagar 0.50 céntimos por cada copia de los documentos solicitados (más de 75 Folios) cuando la norma especifica que la copia de reproducción no DEBE EXCEDER su valor en el mercado, es decir 0.20 céntimos
    (Exp. Nº 01867 13/01/2010 presentado en la Ugel 02
    Oficio Nº 143-2011-MED/OCI
    Exp. Nº 26719 del 25/06/2010 presentado en la Ugel 02
    Oficio Nº 3784-2010-DUGEL02/OAJ
    Exp. Nº 29088 del 15/07/2010 presentado en la Ugel 02
    Exp. Nº 135657 de fecha 17 / 06/ 2011 presentado en el MINEDU)

  7. Para solicitarles me hagan saber direcciòn email a la cual pueda hacer llegar actos de corrupcion en la UGEL 01 y Ministerio de EDucaciòn. Todo alrededor de los CADER y COPROAS.
    Gracias por su atenciòn
    Lic. Samuel Morales Chavarrìa
    dni 06655003

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