Evaluación del Desempeño de los Directivos de UGEL 2023-2024
Esta evaluación tiene como finalidad valorar la eficacia y eficiencia en el ejercicio del cargo del directivo, mediante información que da cuenta de los resultados obtenidos durante su periodo de designación y las acciones que ha desplegado para la obtención de dichos resultados en la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada (IGED).
Lima, 03 de enero de 2024
OFICIO N° 00010-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD
Señor
CARLOS MIGUEL VENTURINI CAMARENA
DIRECTOR DE EVALUACIÓN DOCENTE
Presente.-
Asunto: CRONOGRAMA DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO EN CARGOS DIRECTIVOS DE LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL, EN EL MARCO DE LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL DE LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL 2023 – 2024.
Referencia: INFORME N° 19877-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, para comunicarle que se ha recibido el informe de la referencia, conjuntamente con la propuesta del cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Unidades de Gestión Educativa Local, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial 2023 – 2024.
Al respecto, esta Dirección General da conformidad a las actividades descritas en el citado cronograma y que regula todo el procedimiento para la organización, implementación y ejecución de la referida evaluación; en ese sentido, se da por establecido el cronograma que regulará la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Unidades de Gestión Educativa Local, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial 2023 – 2024; disponiéndose su publicación en el portal institucional del Ministerio de Educación.
Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración.
Atentamente,
CANTORAL LICLA ELOY ALFREDO
DIRECTOR DE LA DIRECCION TECNICO NORMATIVA DE DOCENTES – DITEN
INICIO |
FIN |
ACTIVIDAD |
05/01/2024 |
05/01/2024 |
|
09/01/2024 |
12/01/2024 |
Presentación ante las DRE o UGEL de observaciones a la relación preliminar de los directivos evaluados |
09/01/2024 |
18/01/2024 |
Absolución y validación, por parte de las DRE o UGEL, de las observaciones a la relación preliminar de los directivos evaluados y actualización, en coordinación con la DITEN, de la información en el Nexus |
22/01/2024 |
22/01/2024 |
Publicación de la relación consolidada de los directivos evaluados en el portal institucional del Minedu (a) |
23/01/2024 |
29/01/2024 |
Conformación de los Comités de Evaluación |
05/02/2024 |
18/04/2024 |
Evaluación a cargo de los Comités de Evaluación (b) |
05/02/2024 |
18/04/2024 |
Aplicación de instrumento a cargo del Minedu |
20/03/2024 |
18/04/2024 |
Ingreso de información y resultados de la evaluación en el aplicativo proporcionado por el Minedu |
23/04/2024 |
23/04/2024 |
Publicación de resultados preliminares en el aplicativo dispuesto en el portal institucional del Minedu (c) |
24/04/2024 |
03/05/2024 |
Presentación de reclamos, ante el Minedu o el Comité de Evaluación, sobre la publicación de resultados preliminares de la evaluación, según corresponda (d) |
24/04/2024 |
10/05/2024 |
Resolución de los reclamos sobre la Dimensión Resultados de la gestión en el ejercicio del cargo, a cargo del Minedu, y, en caso de que sean fundados, corrección de la información y/o calificación en el aplicativo (e) |
24/04/2024 |
15/05/2024 |
Resolución de los reclamos a cargo del Comité de Evaluación, en caso de que sean fundados, corrección de la información y/o calificación en el aplicativo y emisión de actas individuales de resultados, a través del medio establecido por el Minedu (f) |
20/05/2024 |
20/05/2024 |
Publicación de los resultados finales de la evaluación en el portal institucional del Minedu (c) |
22/05/2024 |
27/05/2024 |
Emisión de resoluciones por las DRE o UGEL, según corresponda |
28/05/2024 |
31/05/2024 |
Presentación ante las DRE o UGEL de las actas e informe final documentado de la evaluación, por parte de los Comités de Evaluación |
(a) Los directivos evaluados son aquellos comprendidos en el Numeral 5.3.1 de la Norma Técnica que regula la Evaluación.
(b) El Comité de Evaluación establecerá su cronograma interno de actividades, conforme a los procedimientos señalados en el Instructivo para el Comité de Evaluación, y comunicará oportunamente a los directivos evaluados sobre dicho cronograma.
(c) De acuerdo con la información remitida por las áreas del Minedu, así como de los resultados registrados y consolidados por los Comités de Evaluación.
(d) De acuerdo con lo señalado en el numeral 5.7.2 de la Norma Técnica que regula la Evaluación.
(e) El Minedu absuelve reclamos de los directivos evaluados que hayan sido presentados respecto a la dimensión Resultados de la gestión en el ejercicio del cargo.
(f) El Comité de Evaluación absuelve reclamos de los directivos evaluados que hayan sido presentados respecto a la dimensión Competencias transversales en el ejercicio del cargo.