El Ministerio de Trabajo afirmó hoy que el próximo sábado 15 de abril no será considerado “feriado puente” por lo que los trabajadores que les corresponda laborar tiene la obligación de asistir a su centro de empleo.
En se sentido el referido ministerio recordó que se consideran como días no laborables (compensables) para el sector público el viernes 30 de junio y jueves 27 de julio del 2017, así como el martes 2 de enero de 2018.
Asimismo, el sector privado podrá acogerse a los días no laborables señalados en el decreto supremo.
Por otro lado, a quienes trabajen uno de los feriados por Semana Santa (jueves 13 o viernes 14 abril) recibirán pagos adicionales o podrán ser compensados por las horas laboradas.
Fuente:Andina.com.pe