Autoridades y funcionarios de Universidad Nacional San Luis Gonzaga deben acatar norma
La Segunda Sala Superior Civil de Ica ratificó la vigencia de la Ley Universitaria al anular el fallo que en enero pasado emitió el Segundo Juzgado Civil, declarándola improcedente y ordenando la reposición inmediata de la desaparecida Asamblea Nacional de Rectores.
De ese modo, se reconoce también que la creación de la Superintendencia Nacional de Educación Superior (SUNEDU) se hizo bajo el amparo de la Constitución Política del Perú.
Con ello, se desestima la demanda interpuesta por el rector de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica (UNICA), Alejandro Encinas Fernández, contra el Congreso de la República por la aprobación de la Ley Universitaria Nº 30220. Y de esa manera, las autoridades y funcionarios de esa casa de estudios deberán acatar la norma y adecuarse a sus disposiciones.
Actualmente, doce acciones de amparo contra la ley han sido declaradas improcedentes. En este sentido, todas las universidades, ya sean públicas o privadas, deben acatar las disposiciones de la Ley Universitaria, cuya finalidad es garantizar una educación de buena calidad para los jóvenes peruanos.
La sentencia de la Sala Superior Civil que reconoce la legalidad de la ley fue emitida este viernes 10 de abril en base al expediente 1102-2014. El fallo fue adoptado por los jueces superiores Rosa Ivonne Juárez Ticona, Mary Luz del Carpio Muñoz y Albino Fidel Zárate Zúñiga.
Los magistrados se pronunciaron a favor del recurso de apelación interpuesto por las procuradurías del Congreso de la República y del Ministerio de Educación (MINEDU).
Cabe recordar que el Segundo Juzgado Civil de Ica que anteriormente consideró inconstitucional la norma fue presidido por el juez Freddy Bernaola Trillo, quien es investigado por la Oficina Descentralizada de Control de la Magistratura Ica (Odecma) por presuntos vínculos con UNICA.
Ese juez declaró inaplicable el párrafo inicial de la primera disposición complementaria transitoria y la séptima disposición complementaria transitoria de la nueva Ley Universitaria que ordenaba la extinción de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y del Consejo Nacional de Funcionamiento de Universidades (CONAFU).
Fuente: MINEDU