Juicios por alimentos: reclamos prescribirán luego de 15 años

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El plazo de prescripción para los reclamos por los derechos derivados de los juicios por alimentos prescribirá recién luego de 15 años. Así lo establece la norma publicada hoy en el Diario El Peruano.

El Congreso de la República decretó la Ley N° 30179 que amplía de 2 a 15 años este plazo con el objetivo de proteger el derecho de los menores de edad a recibir una manutención de sus padres.

La norma modifica el inciso 4 y adiciona el inciso 5 al artículo 2001 del Código Civil.

Con la primera modificación se establece que «los plazos de prescripción que prescriben a los dos años son la acción de anulabilidad, la acción revocatoria, la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual y la que corresponda contra los representantes de incapaces derivadas del ejercicio del cargo».

En el inciso 5 se dispone que, cuando la acción proviene de una pensión alimenticia, el plazo de prescripción prescribe a los quince años.

Esta ley fue aprobada por unanimidad por el Pleno del Legislativo el pasado 13 de marzo. Ese día se concluyó un texto de consenso tras el acuerdo de los presidentes de las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, Juan Carlos Eguren; y de la Mujer y Familia, Cecilia Chacón.

Ambos grupos de trabajo habían aprobado por separado proyectos sobre el mismo tema.

Según el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), creado por el Poder Judicial en el 2009, hay más de 500 padres con procesos pendientes por no pasar la manutención a sus hijos. Fuente: El Comercio