La primera conclusión del informe final del Caso Business Track S.A.C .(BTR), cuya aprobación depende del pleno del Congreso, es lapidaria, pues señala que el ex presidente Alan García Pérez, el ex primer ministro Jorge del Castillo, el ex titular de Salud Hernán Garrido-Lecca y Miguel Hidalgo Medina, quien fuera jefe de la Dirección Nacional Antidrogas (Dirandro), formaron parte de “una organización delictiva” para evitar el esclarecimiento de las actividades ilegales de interceptación telefónica.
El informe advierte que existen “indicios suficientes” de la presunta comisión del delito de asociación ilícita para delinquir, tipificada en el artículo 317 del Código Penal y señala que tanto García Pérez como Del Castillo, Garrido-Lecca e Hidalgo Medina también evitaron “el conocimiento público de las grabaciones telefónicas que mostrarían la interferencia de miembros del Gobierno y [del] Partido Aprista” en los contratos de las empresas estatales.
No es todo. El informe dice también que el fiscal Walter Orestes Milla López quien tuvo a su cargo la investigación preliminar del Caso BTR– también incurrió en ilícitos penales como por ejemplo encubrimiento personal y omisión del ejercicio de la acción penal. Esto por haber excluido del proceso penal en el cual se investigaron los hechos de escucha e interceptación telefónica a Ismael Medardo Matta Uribe.
¿Quién es Ismael Matta Uribe? Fue quien le informó a Luis Amengual Rebaza sobre las interceptaciones telefónicas que se realizaba en la empresa Business Track S.A.C.
El fiscal también habría incurrido en el delito de encubrimiento real, “al ocultar un USB de 1 GB de capacidad entregado por Ismael Matta Uribe en su condición legal de “colaborador eficaz”.
Dicho dispositivo contenía dos audios y trece transcripciones de audios obtenidos en una interceptación telefónica ilegal que no fue anexada al expediente, “pese a tener validez probatoria”.
Al ex primer ministro Jorge del Castillo se le denuncia por presunto delito de encubrimiento personal. Esto es, por haber promovido la salida del país de Ismael Matta Uribe y de Luis Amengual Rebaza para ocupar puestos de confianza en el Consulado del Perú en Estados Unidos. Según las indagaciones de la megacomisión, Matta Uribe y Amengual Rebaza viajaron el 4 de marzo del 2009 y el 1 de marzo del mismo año, respectivamente, a Estados Unidos “cuando no había concluido el procedimiento de colaboración eficaz”.
En ambos casos –dice el informe–, el fiscal Milla López archivó dicho procedimiento “sin denunciarlo y así evitó involucrarlo como parte de la investigación que se seguía en contra de los miembros de la empresa BTR”.
En el caso del ex jefe de la Dirandro Miguel Hidalgo Medina, se le ha encontrado indicios razonables de la presunta comisión del delito de omisión de actos funcionales, tipificado en el artículo 377 del Código Penal. Ello porque se negó “a informar sobre la investigación policial que estaba bajo su dirección a sus superiores jerárquicos, al entonces director general de la Policía Nacional, general PNP Mauro Remicio Maguiño y al ministro del Interior de esa época, Remigio Hernani Meloni”. ¿Qué dijo Hidalgo en su defensa? Según el informe de la megacomisión, el ex jefe de Dirandro dijo que “solo debía dar cuenta a Palacio de Gobierno”.
Esta conducta de Hidalgo contraviene el artículo 37 de la Ley 27238, Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, que señala como obligación del personal policial sujetarse a los principios de jerarquía y subordinación, cumpliendo las órdenes de los superiores en el tiempo, lugar y modo.
Fuente: El Comercio.pe