El juez Segundo Morales Parraguez declaró hoy infundado el pedido del expresidente Alberto Fujimori, para cumplir su condena de 25 años de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario y no en una prisión especial de la Policía.
La resolución judicial argumentó que por la gravedad de sus delitos, como asesinato, secuestro agravado, entre otros; por los casos de La Cantuta y Barrios Altos, el empresario Samuel Dyer y el periodista Gustavo Gorriti, por lo que fue condenado, no puede acceder a este beneficio.
Pero, además, porque hay un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que demanda al Estado peruano sanciones para los violadores de los derechos humanos, a fin de que los casos La Cantuta y Barrios Altos no queden impunes.
El magistrado también señaló que en la normativa peruana no existe ley que permita dar arresto domiciliario a un condenado, salvo en el caso de un procesado por la justicia.
Pero incluso, dijo, en el extremo de que se permitiera el arresto domiciliario a un condenado, este beneficio sería por delitos de menor gravedad.
Fujimori permanece recluido en la prisión de la Dirección Nacional de Operaciones Especiales (Dinoes) de la Policía Nacional, en Ate, sentenciado por corrupción y delitos de lesa humanidad.
Fuente: Andina