Si usted tiene una demanda por alimentos y no está cumpliendo con el pago de la pensión de sus hijos o si decidió entablarle un juicio a su expareja para que le pase la manutención sepa qué hacer con el siguiente informe.
Sabía que cuando un juez le ordena pagar una pensión por alimentos, es mejor que cumpla porque si usted labora por planilla el 50% de su CTS podría ser afectada y pasar a sus hijos.
Pero eso no es todo, los trabajadores independientes que están reciben su sueldo por recibo por honorarios las partes afectadas de este serían sus propiedades como carros, viviendas, acciones o propiedades muebles o inmuebles.
Si a pesar de ello, aún así no cumple, puede ser castigado por la ley. Puede estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) el cual perjudicaría su situación financiera ni poder conseguir un trabajo en el sector público.
Cabe indicar que el progenitor demandado está obligado a pasar la pensión hasta los 18 años de edad de los hijos, pero si este continúa estudios universitaria o técnica podrá seguir solicitándolo. Los menores con discapacidad puede seguir solicitando la pensión a su padre de por vida.
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