Las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) de cada región, determinarán las escuelas y colegios a ser priorizados.
La incorporación progresiva de psicólogos en las instituciones educativas se iniciará mediante la aplicación de proyectos pilotos, según la segunda disposición complementaria de la propuesta de Reglamento de la Ley Nro. 29719, que promueve la convivencia sin violencia en las escuelas y colegios del país.
Dicha propuesta, publicada en la página web del Ministerio de Educación, señala también que serán las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) de cada región de nuestra patria, las que determinarán las instituciones educativas a ser priorizadas para la incorporación de un psicólogo.
Asimismo, establece que los psicólogos y trabajadores sociales, que se encuentren nombrados o contratados en plazas de las instituciones educativas, contribuirán a la implementación de la convivencia democrática en la comunidad educativa donde laboren.
El proyecto de Reglamento, en su artículo 12, determina las funciones que debe desarrollar el psicólogo. Entre ellas, señala que debe integrar el equipo responsable de la implementación del Plan de Convivencia Democrática de la institución educativa, así como participar en la elaboración del mismo.
También en la elaboración del diagnóstico, diseño, intervención, producción de materiales educativos y desarrollo de capacidades en la comunidad educativa, y presentar el informe de evaluación de los resultados de la implementación de las acciones de convivencia democrática, al finalizar el año escolar.
La propuesta de Reglamento de la Ley Nro. 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas del país tiene siete capítulos, 15 artículos y cuatro disposiciones complementarias.
El Ministerio de Educación invita a la comunidad educativa del país, a las organizaciones de la sociedad civil y al público interesado hacer llegar sus aportes hasta el 24 de enero, al correo electrónico: ditoe@minedu.gob.pe.
Fuente: Ministerio de Educación